A/RES/55/84
12. Insiste en la importancia de que todos los Estados partes cumplan
plenamente las obligaciones que han aceptado en virtud de la Convención
Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial;
13. Exhorta a todos los Estados partes a que intensifiquen sus esfuerzos por
cumplir las obligaciones que han aceptado en virtud del artículo 4 de la Convención
Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial,
teniendo debidamente en cuenta los principios consagrados en la Declaración
Universal de Derechos Humanos 1 y el artículo 5 de la Convención con el fin de:
a)
Declarar actos punibles conforme a la ley la difusión de ideas basadas en
la superioridad o en el odio racial, la instigación a la discriminación racial, los actos
de violencia o la instigación a cometerlos contra cualquier raza o grupo de
personas de otro color u origen étnico, y la asistencia a las actividades racistas,
incluida su financiación;
b)
Declarar ilegales y prohibir las organizaciones, así como las actividades
organizadas de propaganda y toda otra actividad de propaganda, que promuevan la
discriminación racial e inciten a ella, y reconocer que la participación en tales
organizaciones o en tales actividades constituye un delito penado por la ley;
c)
No permitir que las autoridades ni las instituciones públicas nacionales o
locales promuevan la discriminación racial o instiguen a ella;
14. Alienta a los medios de comunicación a que promuevan ideas de
tolerancia y comprensión entre los pueblos y las diferentes culturas;
15. Pide al Secretario General que continúe señalando los efectos de la
discriminación racial en los grupos minoritarios y los trabajadores migratorios y sus
familiares, en particular las mujeres y los niños, en las esferas de la educación, la
capacitación y el empleo y que presente en su informe recomendaciones concretas
sobre la aplicación de medidas destinadas a combatir esa discriminación;
16. Reconoce la necesidad de apoyo y recursos financieros adecuados para el
Tercer Decenio de la Lucha contra el Racismo y la Discriminación Racial y el
Programa de Acción para el Tercer Decenio de la Lucha contra el Racismo y la
Discriminación Racial, y pide al Secretario General que en el informe que ha de
presentarle en su quincuagésimo sexto período de sesiones incluya propuestas
concretas sobre el modo de obtener los recursos financieros y de personal necesarios
para la ejecución del Programa de Acción, ya sea con cargo al presupuesto ordinario
de las Naciones Unidas o de fuentes extrapresupuestarias;
17. Expresa su reconocimiento a quienes han aportado contribuciones al
Fondo Fiduciario para el Programa de Acción para el Tercer Decenio de la Lucha
contra el Racismo y la Discriminación Racial, exhorta encarecidamente a todos los
gobiernos, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y particulares
que estén en condiciones de contribuir al Fondo a que lo hagan en forma generosa y,
con este fin, pide al Secretario General que siga estableciendo los contactos y
adoptando las iniciativas que correspondan;
18. Acoge con beneplácito la formación, en la Oficina del Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, del equipo de proyecto sobre el
racismo encargado de coordinar todas las actividades del Tercer Decenio;
19. Insta a todos los gobiernos, al Secretario General, a los órganos de
las Naciones Unidas, los organismos especializados, las organizaciones
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