A/HRC/RES/58/32
1.
Acoge con beneplácito los informes del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos en los que participó el Experto Independiente sobre la
situación de los derechos humanos en Haití2;
2.
Afirma la importancia de combatir de manera efectiva la violencia de las
bandas armadas en Haití y sus efectos nefastos en el ejercicio y disfrute de los derechos
humanos por parte del pueblo haitiano;
3.
Afirma también que el restablecimiento de la seguridad es necesario para dar
una respuesta humanitaria eficaz, organizar elecciones democráticas y restaurar las
instituciones democráticas en Haití;
4.
Hace notar los esfuerzos realizados por el Gobierno de Haití para restablecer
la seguridad en el país y sus renovados llamamientos a una acción internacional coordinada
y específica que respalde sus esfuerzos;
5.
Solicita al Gobierno de Haití que intensifique sus esfuerzos por respetar,
promover y proteger los derechos humanos y refuerce el estado de derecho, en particular los
sistemas judicial y penitenciario, y la lucha contra la violencia y la discriminación de género,
y contra la corrupción y la impunidad, mediante el apoyo a las instituciones nacionales de
derechos humanos y la aplicación continuada de las recomendaciones formuladas y aceptadas
durante el último ciclo del examen periódico universal3, y las recomendaciones de otros
órganos de las Naciones Unidas, en particular las relativas a los actos perpetrados por bandas
armadas;
6.
Invita a las autoridades de Haití a que prosigan un diálogo inclusivo entre todos
los actores haitianos pertinentes con miras a encontrar una solución duradera a la crisis
multidimensional que atraviesa Haití, entre otras cosas mediante la organización de
elecciones libres y transparentes para restaurar las instituciones democráticas;
7.
Insta a los Estados Miembros de las Naciones Unidas, la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, los organismos
pertinentes de las Naciones Unidas y otras partes interesadas a que, en el marco de sus
mandatos, intensifiquen su apoyo a las medidas y los esfuerzos del Gobierno de Haití
dirigidos a combatir la violencia de las bandas armadas y la venta, importación y circulación
ilícitas de armas de fuego, y a hacer respetar los derechos humanos en Haití, haciéndose eco
sobre todo de las reiteradas peticiones del Gobierno de Haití en favor de una acción
internacional coordinada y específica que abarque, entre otras cosas, asistencia técnica y
fomento de la capacidad;
8.
Solicita a la Oficina del Alto Comisionado que coopere con el Gobierno de
Haití proporcionando asistencia técnica y apoyo al fomento de la capacidad en materia de
promoción y protección de los derechos humanos a la judicatura, las fuerzas de seguridad y
los funcionarios de la administración penitenciaria de Haití, para que el país pueda proseguir
su estrategia dirigida a combatir las actividades de las bandas armadas y a restablecer el
estado de derecho, y para facilitar la aplicación de las recomendaciones formuladas y
aceptadas durante el último ciclo del examen periódico universal;
9.
Decide renovar, por un período prorrogable de un año, el mandato del experto
independiente en derechos humanos designado por el Alto Comisionado, cuya misión
consiste en seguir, con la asistencia de la Oficina del Alto Comisionado y en colaboración
con la Oficina Integrada de las Naciones Unidas en Haití, la evolución de la situación de los
derechos humanos en Haití, procurando en particular integrar la perspectiva de género en
toda su labor;
10.
Solicita al experto independiente que preste mayor atención a la situación de
los niños, las mujeres y las niñas, así como a la trata de personas, vigile los efectos del tráfico
ilícito de armas en la situación de los derechos humanos en Haití y formule recomendaciones
para reforzar las respuestas nacionales, regionales e internacionales a este respecto;
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GE.25-05560
A/HRC/54/79, A/HRC/55/76 y A/HRC/57/41.
Véanse A/HRC/50/15 y A/HRC/50/15/Add.1.
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