A/HRC/RES/58/32 1. Acoge con beneplácito los informes del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en los que participó el Experto Independiente sobre la situación de los derechos humanos en Haití2; 2. Afirma la importancia de combatir de manera efectiva la violencia de las bandas armadas en Haití y sus efectos nefastos en el ejercicio y disfrute de los derechos humanos por parte del pueblo haitiano; 3. Afirma también que el restablecimiento de la seguridad es necesario para dar una respuesta humanitaria eficaz, organizar elecciones democráticas y restaurar las instituciones democráticas en Haití; 4. Hace notar los esfuerzos realizados por el Gobierno de Haití para restablecer la seguridad en el país y sus renovados llamamientos a una acción internacional coordinada y específica que respalde sus esfuerzos; 5. Solicita al Gobierno de Haití que intensifique sus esfuerzos por respetar, promover y proteger los derechos humanos y refuerce el estado de derecho, en particular los sistemas judicial y penitenciario, y la lucha contra la violencia y la discriminación de género, y contra la corrupción y la impunidad, mediante el apoyo a las instituciones nacionales de derechos humanos y la aplicación continuada de las recomendaciones formuladas y aceptadas durante el último ciclo del examen periódico universal3, y las recomendaciones de otros órganos de las Naciones Unidas, en particular las relativas a los actos perpetrados por bandas armadas; 6. Invita a las autoridades de Haití a que prosigan un diálogo inclusivo entre todos los actores haitianos pertinentes con miras a encontrar una solución duradera a la crisis multidimensional que atraviesa Haití, entre otras cosas mediante la organización de elecciones libres y transparentes para restaurar las instituciones democráticas; 7. Insta a los Estados Miembros de las Naciones Unidas, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, los organismos pertinentes de las Naciones Unidas y otras partes interesadas a que, en el marco de sus mandatos, intensifiquen su apoyo a las medidas y los esfuerzos del Gobierno de Haití dirigidos a combatir la violencia de las bandas armadas y la venta, importación y circulación ilícitas de armas de fuego, y a hacer respetar los derechos humanos en Haití, haciéndose eco sobre todo de las reiteradas peticiones del Gobierno de Haití en favor de una acción internacional coordinada y específica que abarque, entre otras cosas, asistencia técnica y fomento de la capacidad; 8. Solicita a la Oficina del Alto Comisionado que coopere con el Gobierno de Haití proporcionando asistencia técnica y apoyo al fomento de la capacidad en materia de promoción y protección de los derechos humanos a la judicatura, las fuerzas de seguridad y los funcionarios de la administración penitenciaria de Haití, para que el país pueda proseguir su estrategia dirigida a combatir las actividades de las bandas armadas y a restablecer el estado de derecho, y para facilitar la aplicación de las recomendaciones formuladas y aceptadas durante el último ciclo del examen periódico universal; 9. Decide renovar, por un período prorrogable de un año, el mandato del experto independiente en derechos humanos designado por el Alto Comisionado, cuya misión consiste en seguir, con la asistencia de la Oficina del Alto Comisionado y en colaboración con la Oficina Integrada de las Naciones Unidas en Haití, la evolución de la situación de los derechos humanos en Haití, procurando en particular integrar la perspectiva de género en toda su labor; 10. Solicita al experto independiente que preste mayor atención a la situación de los niños, las mujeres y las niñas, así como a la trata de personas, vigile los efectos del tráfico ilícito de armas en la situación de los derechos humanos en Haití y formule recomendaciones para reforzar las respuestas nacionales, regionales e internacionales a este respecto; 2 3 GE.25-05560 A/HRC/54/79, A/HRC/55/76 y A/HRC/57/41. Véanse A/HRC/50/15 y A/HRC/50/15/Add.1. 3

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