A/RES/57/229
Acogiendo con satisfacción los trabajos de las reuniones nacionales, regionales
e internacionales, de gobiernos, expertos y organizaciones no gubernamentales que
han contribuido a las tareas del Comité Especial,
Reafirmando la necesidad de promover y proteger el disfrute igual y efectivo
de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por parte de las personas
con discapacidad, consciente de la contribución que una convención podría realizar
en este sentido y convencida por tanto de la necesidad de continuar el examen de las
propuestas,
1.
Toma nota con satisfacción del informe del primer período de sesiones
del Comité Especial encargado de preparar una convención internacional amplia e
integral para proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas con
discapacidad 3;
2.
Pide al Secretario General que transmita el informe del Comité Especial
a la Comisión de Desarrollo Social en su 41° período de sesiones, así como a la
Comisión de Derechos Humanos en su 59° período de sesiones;
3.
Decide que el Comité Especial celebrará, dentro de los límites de los
recursos existentes, al menos un período de sesiones en 2003 de una duración de
diez días laborables, antes del quincuagésimo octavo período de sesiones de la
Asamblea General;
4.
Alienta a los Estados a que celebren reuniones o seminarios que
contribuyan a los trabajos del Comité Especial en colaboración, según proceda, con
la División de Política Social y Desarrollo Social del Departamento de Asuntos
Económicos y Sociales de la Secretaría, la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Relator Especial sobre
Discapacidad de la Comisión de Desarrollo Social y las organizaciones no
gubernamentales;
5.
Pide al Secretario General que recabe las opiniones de los Estados
Miembros, los Estados observadores, los organismos pertinentes y las
organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, incluidos los organismos
pertinentes de derechos humanos y el Relator Especial, en relación con propuestas
para una convención, en particular sobre las cuestiones relativas a su naturaleza y
estructura y los elementos que deban ser tomados en consideración en la esfera del
desarrollo social, los derechos humanos y la no discriminación, así como las
cuestiones relativas al seguimiento y la supervisión y a la complementariedad entre
un nuevo instrumento y los instrumentos actualmente existentes;
6.
Pide también al Secretario General que presente al Comité Especial en su
segundo período de sesiones un informe amplio sobre las opiniones expresadas, que
sería publicado al menos seis semanas antes del comienzo del segundo período de
sesiones;
7.
Invita a las comisiones regionales y a las organizaciones
intergubernamentales, en el marco de sus respectivos mandatos, así como a las
organizaciones no gubernamentales, las instituciones nacionales sobre discapacidad
y derechos humanos y los expertos independientes interesados en este asunto, a que
presenten al Comité Especial sus sugerencias y posibles elementos que pudieran
incorporarse en las propuestas para una convención;
_______________
3
2
Véase A/57/357.
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