A/RES/52/127 Página 4 3. Insta a todos los gobiernos a que sigan contribuyendo a la ejecución del Plan de Acción estableciendo especialmente, según lo permitan las condiciones nacionales, comités nacionales de amplia representación para la educación en la esfera de los derechos humanos que se encarguen de la formulación de planes de acción nacionales amplios, eficaces y sostenibles para la educación e información en materia de derechos humanos, teniendo en cuenta las directrices para los planes de acción nacionales para la educación en la esfera de los derechos humanos que figuran en la adición al informe del Secretario General10; 4. Insta también a los gobiernos a que hagan participar a las organizaciones nacionales y a las organizaciones no gubernamentales locales y las de base comunitaria en la ejecución de sus planes de acción nacionales, y las alienten y les presten apoyo en la tarea; 5. Exhorta a los gobiernos, según lo permitan sus condiciones nacionales, a que otorguen prioridad a la difusión, en los idiomas nacionales y locales adecuados, de la Declaración Universal de Derechos Humanos1, los Pactos internacionales de derechos humanos2 y otros instrumentos de derechos humanos, materiales didácticos y manuales para la enseñanza de los derechos humanos, así como los informes presentados por los Estados partes con arreglo a los tratados de derechos humanos, y a que proporcionen información y educación en dichos idiomas sobre las formas prácticas en que podrían utilizarse las instituciones y mecanismos nacionales e internacionales para asegurar la observancia efectiva de dichos instrumentos; 6. Pide a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que siga coordinando y armonizando las estrategias relativas a la educación y la información en materia de derechos humanos dentro del sistema de las Naciones Unidas, incluida la ejecución del Plan de Acción, y que asegure un máximo de eficacia y eficiencia en el uso, procesamiento, gestión y distribución de la información y materiales didácticos sobre los derechos humanos, incluidos los medios electrónicos; 7. Alienta a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a que continúe apoyando la labor de educación e información de los distintos países en la esfera de los derechos humanos mediante su programa de cooperación técnica en la esfera de los derechos humanos, incluida la organización de cursos de capacitación y la elaboración de materiales de capacitación específicamente destinados a profesionales, así como la difusión de materiales de información sobre los derechos humanos como componente de los proyectos de cooperación técnica; 8. Insta a la Oficina de Comunicaciones e Información Pública de la Secretaría a que siga utilizando los centros de información de las Naciones Unidas para la difusión oportuna, dentro de sus zonas de actividad designadas, de información básica y materiales de consulta y audiovisuales sobre los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluidos los informes presentados por los Estados partes con arreglo a los instrumentos de derechos humanos y, para tal fin, se aseguren de que los centros de información estén provistos de cantidades suficientes de dichos materiales; 9. Subraya la necesidad de una estrecha colaboración entre la Oficina del Alto Comisionado y la Oficina de Comunicaciones e Información Pública en la ejecución del Plan de Acción y la Campaña Mundial de Información Pública sobre los Derechos Humanos, así como la necesidad de armonizar sus actividades con las de otras organizaciones internacionales, como la Organización de las Naciones Unidas 10 A/52/469/Add.1. /...

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