A/RES/57/202 11. Reitera que una de las prioridades de la Oficina del Alto Comisionado debe consistir en prestar asistencia a los Estados partes que la soliciten, de ser posible en coordinación con otros órganos de las Naciones Unidas, gobiernos y otras partes interesadas: a) En el proceso de ratificación de los instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas; b) Para cumplir sus obligaciones dimanadas de esos instrumentos, en particular la preparación de informes iniciales; 12. Insta a la Oficina del Alto Comisionado y a la División para el Adelanto de la Mujer del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría a dar a conocer más ampliamente a los Estados partes la disponibilidad de asistencia técnica; 13. Acoge con satisfacción, a este respecto, el primer taller piloto regional para el diálogo sobre las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, celebrado en Quito del 27 al 29 de agosto de 2002; 14. Alienta a los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y a la Oficina del Alto Comisionado a que, en el curso de su labor ordinaria de examinar los informes periódicos de los Estados partes, sigan indicando posibilidades concretas de asistencia técnica para el Estado que la solicite, y alienta a los Estados partes a considerar minuciosamente las observaciones finales que hayan formulado esos órganos en cuanto a la determinación de sus necesidades de asistencia técnica; 15. Invita a los Estados partes que todavía no hayan presentado sus informes iniciales de conformidad con los instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas a que utilicen, cuando sea necesario, la asistencia técnica proporcionada con esta finalidad; 16. Acoge con satisfacción los intentos de eliminar los atrasos en la presentación de informes sobre la aplicación por los Estados partes de los instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas, y la mejora de la situación en lo relativo al examen puntual de los informes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos; 17. Reitera su preocupación por el gran número de informes atrasados sobre la aplicación por los Estados partes de algunos instrumentos de las Naciones Unidas sobre derechos humanos, e: a) Insta a los Estados partes a que hagan cuanto esté a su alcance para cumplir sus obligaciones en la materia; b) Observa con satisfacción que ciertos órganos creados en virtud de tratados de los derechos humanos han tomado disposiciones para tener en cuenta la situación de algunos Estados partes cuyos informes están atrasados; c) Observa con satisfacción las nuevas iniciativas de algunos órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos para proceder al seguimiento activo de las observaciones y comentarios finales con los Estados partes, entre otras cosas, mediante el nombramiento de uno de sus miembros como relator para el seguimiento; 18. Insta a cada Estado parte cuyo informe haya sido examinado por un órgano creado en virtud de un tratado de derechos humanos a traducir, publicar y dar amplia difusión en su territorio al texto íntegro de las observaciones y comentarios 4

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