Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Refugiados
A/RES/74/130
responsabilidad, cooperen y movilicen recursos, por medios como la asistencia
financiera y en especie, así como la ayuda directa a los países de acogida, las
poblaciones de refugiados y las comunidades de acogida, con miras a aumentar su
capacidad y aliviar la pesada carga que soportan los países y las comunidades de
acogida, en particular los que han acogido a un gran número de refugiados y personas
en busca de asilo, cuya generosidad es de agradecer;
60. Exhorta a la Oficina del Alto Comisionado a que siga desempeñando su
función catalizadora movilizando la asistencia de la comunidad internacional para
hacer frente a las causas profundas y al impacto económico, ambiental, social y para
la seguridad y el desarrollo de la presencia de grandes masas de refugiados en los
países en desarrollo, especialmente en los países menos adelantados y en los países
de economía en transición, y reconoce con aprecio a los países de acogida, Estados
donantes y organizaciones y particulares que contribuyen a mejorar la condición de
los refugiados fomentando su resiliencia y la de las comunidades de acogida, mientras
trabajan para lograr una solución duradera;
61. Reconoce con aprecio la cooperación de la Oficina del Alto Comisionado
con los asociados para el desarrollo, haciendo notar las ventajas que tiene la
complementariedad de las fuentes de financiación para ayudar a los refugiados y las
comunidades de acogida cuando así lo soliciten los Gobiernos de los países de
acogida, y la importancia de hacerlo de una forma que no perjudique ni menoscabe el
apoyo a los objetivos de desarrollo más amplios en esos países y, cuando proceda, en
los países de origen;
62. Expresa preocupación por el continuo aumento de las necesidades de
protección y asistencia a las personas cuya situación es competencia de la Oficina del
Alto Comisionado y por la creciente disparidad entre las necesidades globales y los
recursos disponibles, aprecia la hospitalidad constante y creciente de los países de
acogida y la generosidad de los donantes y, por consiguiente, exhorta a la Oficina a
que mantenga y redoble sus esfuerzos para ampliar su base de donantes a fin de lograr
un mejor reparto de la carga y la responsabilidad reforzando la cooperación con los
donantes gubernamentales y no gubernamentales y el sector privado;
63. Reconoce que es esencial que la Oficina del Alto Comisionado disponga
de recursos suficientes y oportunos para seguir desempeñando el mandato que se le
confió en su estatuto 10 y en las resoluciones posteriores de la Asamblea General
relativas a los refugiados y a otras personas cuya situación es competencia de la
Oficina, recuerda su resolución 58/153, de 22 de diciembre de 2003, y resoluciones
posteriores relativas a la Oficina del Alto Comisionado en que se hace referencia,
entre otras cuestiones, a la aplicación del párrafo 20 del estatuto de la Oficina, e insta
a los Gobiernos y a otros donantes a que respondan prontamente a los llamamientos
anuales y suplementarios que haga la Oficina a fin de obtener los recursos que
necesita para sus programas;
64. Solicita al Alto Comisionado que en el septuagésimo quinto período de
sesiones de la Asamblea General la informe acerca de sus actividades anuales.
50 a sesión plenaria
18 de diciembre de 2019
__________________
10
10/10
Resolución 428 (V), anexo.
19-22225