Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Refugiados
A/RES/74/130
valioso para repartir la carga y la responsabilidad y reconoce con aprecio a los
numerosos países que siguen ofreciendo mayores oportunidades de reasentamiento y
reconoce la necesidad de mejorar la integración de los refugiados reasentados, exhorta
a los Estados a que incorporen políticas inclusivas y no discriminatorias en sus
programas de reasentamiento y observa que el reasentamiento es un instrumento
estratégico de protección y una solución para los refugiados, recordando a este
respecto las necesidades anuales de reasentamiento determinadas por la Oficina del
Alto Comisionado;
53. Exhorta también a los Estados a que consideren la posibilidad de crear,
ampliar o facilitar el acceso a vías complementarias y sostenibles para ofrecer
protección y soluciones a los refugiados, en cooperación con los asociados
pertinentes, incluido el sector privado, cuando proceda, incluso mediante la admisión
o el traslado por motivos humanitarios, la reunificación familiar, la migración de
mano de obra cualificada, planes de movilidad laboral, becas y planes de movilidad
educativa;
54. Observa con aprecio las actividades emprendidas por los Estados para
fortalecer las iniciativas regionales que facilitan las políticas y los enfoques de
cooperación respecto de los refugiados, y alienta a los Estados a que sigan
esforzándose por responder de manera integral a las necesidades de las personas que
requieren protección internacional en sus respectivas regiones, incluido el apoyo
prestado a las comunidades de acogida que reciben un g ran número de personas que
necesitan protección internacional;
55. Observa que es importante que los Estados y la Oficina del Alto
Comisionado examinen y aclaren la función de la Oficina en lo que respecta a los
movimientos mixtos a fin de atender mejor las necesidades de protección de las
personas en ese contexto, teniendo en cuenta las necesidades particulares de los
grupos vulnerables, sobre todo de las mujeres, los niños y las niñas y las personas con
discapacidad, lo que incluye salvaguardar el acceso al asilo para quienes necesitan
protección internacional, y observa también que el Alto Comisionado está dispuesto,
de conformidad con su mandato, a ayudar a los Estados a cumplir sus
responsabilidades en materia de protección a este respecto;
56. Pone de relieve la obligación que tienen todos los Estados de aceptar el
regreso de sus nacionales, exhorta a los Estados a que faciliten el regreso de sus
nacionales cuando se haya determinado que no necesitan protección internacional y
afirma la necesidad de que el regreso de esas personas se realice en condiciones
seguras y humanas y con pleno respeto de sus derechos humanos y su dignidad,
independientemente de su condición;
57. Exhorta a los Estados a tramitar las solicitudes de asilo identificando como
corresponda a quienes necesitan protección internacional, de conformidad con sus
obligaciones internacionales y regionales aplicables, con el fin de fortalecer el
régimen de protección de los refugiados;
58. Expresa preocupación por los desafíos que el cambio climático y la
degradación ambiental presentan a las operaciones de la Oficina del Alto
Comisionado y la asistencia que esta proporciona a las poblaciones vulnerables de su
competencia en todo el mundo, en particular en los países menos adelantados, e insta
a la Oficina a que siga respondiendo a esos desafíos en su labor, en el marco de su
mandato, en consulta con las autoridades nacionales y en cooperación con los
organismos competentes en sus operaciones;
59. Insta a todos los Estados y a las organizaciones no gubernamentales y
demás organizaciones competentes a que, en colaboración con la Oficina del Alto
Comisionado, con espíritu de solidaridad internacional y reparto de la carga y la
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