A/RES/61/32
9.
Recuerda que la responsabilidad de la labor de la Comisión recae en las
reuniones de la Comisión y sus grupos de trabajo intergubernamentales, y subraya a
este respecto que debe proporcionarse información sobre las reuniones de expertos,
que aportan una contribución decisiva a la labor de la Comisión;
10. Recuerda sus resoluciones relativas a las asociaciones de colaboración
entre las Naciones Unidas y entidades no estatales, en particular el sector privado 8,
y, a este respecto, alienta a la Comisión a seguir estudiando distintos planteamientos
respecto de la utilización de asociaciones de colaboración con entidades no estatales
en la ejecución de su mandato, particularmente en materia de asistencia técnica,
de conformidad con los principios y las directrices aplicables y en cooperación y
coordinación con otras oficinas competentes de la Secretaría, incluida la Oficina del
Pacto Mundial;
11. Reitera su solicitud de que el Secretario General, de conformidad con las
resoluciones de la Asamblea General que se refieren a cuestiones relativas a la
documentación 9 y en las que se insiste en particular en que la reducción de la
longitud de los documentos no debe ir en detrimento de la calidad de la presentación
ni del fondo de éstos, tenga presente las características especiales del mandato y la
labor de la Comisión al poner en práctica los límites de páginas con respecto a los
documentos de ésta;
12. Pide al Secretario General que se sigan redactando actas resumidas de las
sesiones de la Comisión dedicadas a la formulación de instrumentos normativos;
13. Recuerda su resolución por la que aprueba la preparación del Anuario de
la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, con
el objetivo de difundir en mayor medida la labor de la Comisión y hacerla más
accesible 10, expresa su preocupación respecto al cumplimiento de los plazos de
publicación del Anuario, y pide al Secretario General que estudie fórmulas para
facilitar dicha publicación en el momento oportuno;
14. Destaca la importancia de que entren en vigor las convenciones
resultantes de la labor de la Comisión en pro de la unificación y la armonización a
nivel mundial del derecho mercantil internacional y, a tal fin, exhorta a los Estados
que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de firmar o ratificar esas
convenciones o de adherirse a ellas;
15. Acoge con satisfacción la preparación de compilaciones de
jurisprudencia sobre los textos de la Comisión, como la compilación de
jurisprudencia relativa a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos
de Compraventa Internacional de Mercaderías 11 y la relativa a la Ley Modelo de la
Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre
Arbitraje Comercial Internacional3, con el fin de ayudar a difundir información
sobre esos textos y promover su utilización, incorporación al derecho interno e
interpretación uniforme;
16. Acoge también con satisfacción la decisión de la Comisión de celebrar en
Viena, en el contexto de su 40° período de sesiones, que tendrá lugar en 2007, un
congreso sobre derecho mercantil internacional, con el fin de examinar los
_______________
8
Resoluciones 55/215, 56/76, 58/129 y 60/215.
Resoluciones 52/214, secc. B, 57/283 B, secc. III, y 58/250, secc. III.
10
Resolución 2502 (XXIV), párr. 7.
11
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1489, No. 25567.
9
4
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