A/RES/54/161
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ampliamente representativos para la educación en la esfera de los derechos humanos que se encarguen de
la formulación de planes de acción nacionales amplios, eficaces y sostenibles para la educación e
información en esa esfera, teniendo en cuenta las directrices para los planes de acción nacionales para la
educación en la esfera de los derechos humanos elaboradas por la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos11 en el marco del Decenio;
4. Insta a los gobiernos a que hagan participar a las organizaciones no gubernamentales de base
comunitaria nacionales y locales en la ejecución de sus planes de acción nacionales y las alienten y les
presten apoyo en esa tarea;
5. Alienta a los gobiernos a considerar el establecimiento , en el marco de los planes nacionales de
acción mencionados en los párrafos 3 y 4 supra, de centros de recursos y de capacitación sobre los derechos
humanos abiertos al público dedicados a la investigación, la capacitación no sexista de instructores, la
preparación, recopilación, traducción y difusión de publicaciones de educación y capacitación sobre los
derechos humanos, la organización de cursos, conferencias, seminarios y campañas de información pública
y la prestación de asistencia para la ejecución de proyectos de cooperación técnica patrocinados a nivel
internacional para la educación y la información pública sobre los derechos humanos;
6. Alienta a los estados a que, cuando ya haya a nivel nacional centros de recursos y de capacitación
sobre los derechos humanos abiertos al público, fomenten la capacidad de éstos para apoyar los programas
de educación e información pública sobre los derechos humanos en los planos internacional, regional,
nacional y local;
7. Exhorta a los gobiernos a que, según lo permitan las circunstancias nacionales, den prioridad a la
difusión, en los idiomas nacionales y locales que corresponda, de la Declaración Universal de Derechos
Humanos1, los Pactos internacionales de derechos humanos2 y otros instrumentos de derechos humanos,
materiales didácticos y manuales para la enseñanza de los derechos humanos, así como los informes
presentados por los Estados partes con arreglo a los tratados internacionales de derechos humanos, y a que
proporcionen información y enseñanza en esos idiomas sobre las formas prácticas en que podrían utilizarse
las instituciones y mecanismos nacionales e internacionales para asegurar la observancia efectiva de dichos
instrumentos;
8. Alienta a los gobiernos a que sigan apoyando con contribuciones voluntarias la labor de educación
e información pública emprendida por la Oficina del Alto Comisionado en el marco del Plan de Acción;
9. Pide a la Alta Comisionada que siga coordinando y armonizando las estrategias relativas a la
educación y la información en materia de derechos humanos dentro del sistema de las Naciones Unidas,
incluida la ejecución del Plan de Acción, y que asegure un máximo de eficacia y eficiencia en el uso,
procesamiento, gestión y distribución de la información y los materiales didácticos sobre los derechos
humanos, incluso por medios electrónicos;
10. Alienta a los gobiernos a que sigan contribuyendo al desarrollo del sitio de la Oficina del Alto
Comisionado en la Web9, en particular en relación con la divulgación de materiales didácticos para la
enseñanza de los derechos humanos, y a que continúen y amplíen los programas de publicaciones y
relaciones externas de la Oficina;
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A/52/469/Add.1 y Add.1/Corr.1.
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