A/RES/60/125
así como facilitar la labor de las organizaciones humanitarias para mitigar las
consecuencias de los desastres naturales,
Subrayando también que es responsabilidad de todos los Estados tomar
medidas de preparación, respuesta y mitigación a fin de reducir lo más posible los
efectos de los desastres naturales, reconociendo al mismo tiempo la importancia de
la cooperación internacional en apoyo de los esfuerzos de los países afectados que
puedan tener una capacidad limitada para realizar esa labor,
Señalando la función esencial que desempeñan los recursos locales, así como
la capacidad nacional existente, en la gestión de las actividades en casos de desastre
natural y la reducción de riesgos, la respuesta a los desastres, la rehabilitación y el
desarrollo,
Reconociendo la importancia de la cooperación internacional para apoyar las
actividades que llevan a cabo los Estados afectados con el fin de hacer frente a los
desastres naturales en todas sus etapas, así como del fortalecimiento de la capacidad
de respuesta de los países afectados por desastres,
Observando con reconocimiento la importante función que han desempeñado
los Estados Miembros, incluidos los países en desarrollo, que han prestado la
asistencia necesaria de forma continuada y generosa a los países y pueblos afectados
por desastres naturales,
Reconociendo la destacada función que desempeñan las sociedades nacionales
de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, como parte del Movimiento Internacional
de la Cruz Roja y la Media Luna Roja, en la preparación y la reducción de los
riesgos respecto de los desastres, la respuesta a éstos, la rehabilitación y el
desarrollo,
Subrayando la importancia de tratar de corregir la vulnerabilidad y de integrar
la reducción de riesgos en todas las fases de la gestión de las actividades en casos de
desastre, la recuperación después de los desastres y la planificación del desarrollo,
Acogiendo favorablemente la labor realizada por la Comisión Oceanográfica
Intergubernamental de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la
Ciencia y la Cultura en el establecimiento del sistema regional de alerta temprana
contra tsunamis en el Océano Índico, el Mediterráneo y el Atlántico nororiental, y
observando que se ha propuesto que se celebre una tercera Conferencia Internacional
sobre sistemas de alerta temprana en Bonn (Alemania) del 27 al 29 de marzo de 2006,
Reconociendo que los desastres naturales pueden afectar de forma negativa a
los esfuerzos por lograr el crecimiento económico, el desarrollo sostenible y los
objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los objetivos de
desarrollo del Milenio, y señalando que tales esfuerzos pueden contribuir a
aumentar la capacidad de recuperación de la población respecto de esos desastres,
Subrayando, en este contexto, la importante función que desempeñan las
organizaciones dedicadas al desarrollo al apoyar las actividades nacionales
encaminadas a mitigar las consecuencias de los desastres naturales,
Toma nota de los informes del Secretario General titulados “Cooperación
1.
internacional para la asistencia humanitaria en los casos de desastre natural: desde el
socorro hasta el desarrollo” 4, “Fortalecimiento de la coordinación de la asistencia
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