A/RES/60/125
mitigar los desastres naturales y gestionar las actividades conexas, cuando
corresponda;
17. Alienta a los Estados Miembros, a las organizaciones competentes de las
Naciones Unidas y a las instituciones financieras internacionales a que mejoren la
capacidad mundial para la recuperación sostenible después de los desastres en
ámbitos como la coordinación con asociados tradicionales y no tradicionales; la
determinación y difusión de las experiencias adquiridas; la formulación de
instrumentos y mecanismos comunes para la evaluación de las necesidades de
recuperación, la elaboración de estrategias y la programación; y la incorporación de
la mitigación de los riesgos en todos los procesos de recuperación, y acoge con
beneplácito las actividades que se están realizando con este propósito;
18. Pide al sistema de las Naciones Unidas que mejore su coordinación
las actividades de recuperación en casos de desastre, desde el socorro hasta
desarrollo, entre otras cosas fortaleciendo las actividades institucionales,
coordinación y de planificación estratégica en materia de recuperación en casos
desastre, para apoyar a las autoridades nacionales;
de
el
de
de
19. Subraya la importancia del acceso rápido a los fondos para asegurar una
respuesta más previsible y oportuna de las Naciones Unidas a las emergencias
humanitarias;
20. Pide al Secretario General que siga mejorando la respuesta internacional
a los desastres naturales y que le informe al respecto en su sexagésimo primer
período de sesiones.
63ª sesión plenaria
15 de diciembre de 2005
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