A/RES/60/125 mitigar los desastres naturales y gestionar las actividades conexas, cuando corresponda; 17. Alienta a los Estados Miembros, a las organizaciones competentes de las Naciones Unidas y a las instituciones financieras internacionales a que mejoren la capacidad mundial para la recuperación sostenible después de los desastres en ámbitos como la coordinación con asociados tradicionales y no tradicionales; la determinación y difusión de las experiencias adquiridas; la formulación de instrumentos y mecanismos comunes para la evaluación de las necesidades de recuperación, la elaboración de estrategias y la programación; y la incorporación de la mitigación de los riesgos en todos los procesos de recuperación, y acoge con beneplácito las actividades que se están realizando con este propósito; 18. Pide al sistema de las Naciones Unidas que mejore su coordinación las actividades de recuperación en casos de desastre, desde el socorro hasta desarrollo, entre otras cosas fortaleciendo las actividades institucionales, coordinación y de planificación estratégica en materia de recuperación en casos desastre, para apoyar a las autoridades nacionales; de el de de 19. Subraya la importancia del acceso rápido a los fondos para asegurar una respuesta más previsible y oportuna de las Naciones Unidas a las emergencias humanitarias; 20. Pide al Secretario General que siga mejorando la respuesta internacional a los desastres naturales y que le informe al respecto en su sexagésimo primer período de sesiones. 63ª sesión plenaria 15 de diciembre de 2005 5

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