Llamamiento mundial para la adopción de medidas concretas para la eliminación del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia y para la aplicación y el seguimiento generales de la Declaración y el Programa de Acción de Durban A/RES/77/205 contra todas sus abominables formas y manifestaciones contemporáneas, es una cuestión prioritaria para la comunidad internacional, I Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial 1. Reafirma la importancia primordial que revisten la adhesión universal a la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial 11, aprobada por la Asamblea General en su resolución 2106 A (XX), de 21 de diciembre de 1965, y su aplicación plena y efectiva a fin de hacer frente a los flagelos del racismo y la discriminación racial; 2. Exhorta a los Estados que todavía no lo hayan hecho a adherirse a la Convención o ratificarla y exhorta a los Estados partes a que consideren la posib ilidad de formular la declaración prevista en el artículo 14 de la Convención; 3. Exhorta a todos los Estados que aún no lo hayan hecho a que, de conformidad con el párrafo 75 de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, consideren la posibilidad de retirar sus reservas al artículo 4 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial; 4. Subraya, en ese contexto, que las disposiciones de la Convención no dan una respuesta eficaz a las manifestaciones contemporáneas de la discriminación racial, particularmente en relación con la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, hecho reconocido que motivó la convocatoria en 2001 de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia; 5. Toma nota del reconocimiento por el Consejo de Derechos Humanos y sus estructuras subsidiarias de la existencia de lagunas en la Convención, tanto de procedimiento como de contenido, que deben subsanarse de f orma urgente, imperiosa y prioritaria; 6. Expresa su preocupación por la falta de progresos en la elaboración de normas complementarias a la Convención para subsanar las lagunas existentes mediante la preparación de nuevas normativas destinadas a combatir todas las formas contemporáneas y renacientes de flagelos del racismo; 7. Recuerda la resolución 34/36 del Consejo de Derechos Humanos, de 24 de marzo de 2017 12 , en la que el Consejo solicitó al Presidente-Relator del Comité Especial sobre la Elaboración de Normas Complementarias a la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial que se asegurase de que las negociaciones sobre el proyecto de protocolo adicio nal de la Convención que tipificaría como delitos los actos de carácter racista y xenófobo comenzaran durante el décimo período de sesiones del Comité Especial; 8. Solicita a la Presidenta-Relatora del Comité Especial sobre la Elaboración de Normas Complementarias que en su septuagésimo octavo período de sesiones le presente un informe sobre la marcha de los trabajos; __________________ 11 12 22-28931 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 660, núm. 9464. Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo segundo período de sesiones, suplemento núm. 53 (A/72/53), cap. IV, secc. A. 5/11

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