A/RES/58/165 Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y alienta a perseverar en los esfuerzos por hacerlo; 23. Acoge con beneplácito la reunión celebrada en octubre de 2002 entre el Comité de Derechos Humanos y los Estados partes, y la reunión celebrada en mayo de 2003 entre el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y los Estados partes, para intercambiar ideas sobre el modo de hacer más eficientes los métodos de trabajo de los Comités, y alienta a todos los Estados partes a que sigan aportando propuestas e ideas prácticas y concretas al diálogo sobre los medios de aumentar la eficacia de los Comités; 24. Acoge con beneplácito también la labor que siguen realizando el Comité de Derechos Humanos y el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales a fin de establecer normas uniformes para la aplicación de las disposiciones de los Pactos internacionales de derechos humanos y exhorta a los demás órganos que se ocupan de cuestiones similares de derechos humanos a respetar esas normas uniformes, enunciadas en las observaciones generales de los Comités; 25. Señala la necesidad de seguir considerando la cuestión de la justiciabilidad de los derechos estipulados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y de seguir tratando de establecer indicadores y puntos de referencia a fin de medir el progreso del respeto efectivo, en los Estados partes, de los derechos consagrados en el Pacto; 26. Toma nota con interés del establecimiento por la Comisión de Derechos Humanos en su 59° período de sesiones de un grupo de trabajo de composición abierta encargado de examinar las opciones relativas a la elaboración de un protocolo facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y de formular recomendaciones específicas sobre los procedimientos en relación con la cuestión de este protocolo facultativo, y alienta a todas las partes a que participen activamente en el primer período de sesiones del grupo de trabajo; 27. Alienta a los organismos especializados que no lo hayan hecho a que presenten sus informes sobre los progresos alcanzados en la observancia de las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, con arreglo al artículo 18 del Pacto, y expresa su agradecimiento a los que ya lo hayan hecho; 28. Alienta al Secretario General a que siga prestando asistencia a los Estados partes en los Pactos internacionales de derechos humanos para la preparación de sus informes, incluida la organización, en el plano nacional, de seminarios o cursos prácticos para capacitar a los funcionarios encargados de la preparación de esos informes, y a que estudie otras posibilidades que ofrece el programa de servicios de asesoramiento en materia de derechos humanos; 29. Pide al Secretario General que procure que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ayude efectivamente al Comité de Derechos Humanos y al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en el cumplimiento de sus respectivos mandatos, proporcionándole, entre otras cosas, suficiente personal de Secretaría, servicios de conferencia y otros servicios auxiliares pertinentes; 30. Acoge con beneplácito la iniciativa tomada por el Secretario General, teniendo en cuenta las sugerencias del Comité de Derechos Humanos, de adoptar medidas resueltas, en especial por conducto del Departamento de Información Pública de la Secretaría, para dar mayor publicidad a la labor de ese Comité y, en forma similar, a la labor del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; 5

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