A/RES/70/219
La mujer en el desarrollo
integrada y que se aprovecharán los logros de los Objetivos de Desarrollo del
Milenio y se procurará abordar los asuntos pendientes,
Reafirmando también su resolución 69/313, de 27 de julio de 2015, relativa a
la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre
la Financiación para el Desarrollo, que es parte integral de la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible, le sirve de apoyo y complemento, ayuda a contextualizar las
metas relativas a sus medios de implementación con políticas y medidas concretas y
reafirma el resuelto compromiso político de hacer frente al problema de la
financiación y de la creación de un entorno propicio a todos los nive les para el
desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales,
Acogiendo con beneplácito y recordando los compromisos contraídos en la
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible para promover la igualdad de género y el
empoderamiento de las mujeres y las niñas, mediante, entre otras cosas, el Objetivo
de Desarrollo Sostenible de lograr la igualdad de género y empoderar a todas las
mujeres y niñas y los compromisos contraídos en ese sentido en todos los Objetivos
de Desarrollo Sostenible,
Acogiendo con beneplácito el reconocimiento que figura en la Agenda de
Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la
Financiación para el Desarrollo de que la igualdad de género, e l empoderamiento de
las mujeres y su participación plena e igual en la economía y en el liderazgo de esta
son fundamentales para lograr el desarrollo sostenible y mejoran de manera
significativa el crecimiento económico y la productividad,
Reafirmando que la consecución de la igualdad de género y el
empoderamiento de las mujeres y las niñas contribuirá decisivamente al progreso
respecto de todos los Objetivos de Desarrollo Sostenible y metas, que no es posible
realizar todo el potencial humano y alcanzar el desarrollo sostenible si se sigue
negando a la mitad de la humanidad el pleno disfrute de sus derechos humanos y sus
oportunidades, que las mujeres y las niñas deben tener igual acceso a una educación
de calidad, a los recursos económicos y a la participación política, así como l as
mismas oportunidades que los hombres y los niños en el empleo, el liderazgo y la
adopción de decisiones a todos los niveles, que trabajará para lograr un aumento
significativo de las inversiones destinadas a paliar la disparidad entre los géneros y
fortalecer el apoyo a las instituciones en relación con la igualdad de género y el
empoderamiento de las mujeres en el plano mundial, regional y nacional, que se
eliminarán todas las formas de discriminación y violencia contra las mujeres y las
niñas, en la que participarán también los hombres y los niños, y que la incorporación
sistemática de una perspectiva de género en la implementación de la Agenda 2030
para el Desarrollo Sostenible es crucial,
Reafirmando también la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing 4 y
los resultados de su vigésimo tercer período extraordinario de sesiones, titulado “La
mujer en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para el
siglo XXI” 5 y los compromisos internacionales contraídos en las cumbres y
conferencias pertinentes de las Naciones Unidas en la esfera de la igualdad de
género y el empoderamiento de la mujer, entre ellos, en el Programa de Acción de la
_______________
4
Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995
(publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexos I y II.
5
Resolución S-23/2, anexo, y resolución S-23/3, anexo.
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