A/RES/60/233 Afirmando que la voluntad del pueblo es la base de la autoridad del gobierno y que la voluntad del pueblo de Myanmar se expresó claramente en las elecciones celebradas en 1990, 1. Acoge con satisfacción: a) Los informes del Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Myanmar 5 y los informes del Secretario General 6; b) Las gestiones personales y las declaraciones del Secretario General con respecto a la situación en Myanmar; c) Los esfuerzos de las Naciones Unidas y de otras organizaciones humanitarias internacionales para prestar la asistencia humanitaria que se necesita con urgencia a la población más vulnerable de Myanmar; d) La puesta en libertad por el Gobierno de Myanmar de doscientos cuarenta y nueve presos políticos el 6 de julio de 2005, observando al mismo tiempo que siguen encarcelados más de mil cien presos políticos; e) El establecimiento por el Gobierno de un comité para la prevención del reclutamiento militar de soldados menores de edad, y la aprobación, en noviembre de 2004, de un proyecto de plan de acción para abordar las cuestiones del reclutamiento de menores de edad y de niños soldados; f) La ratificación por Myanmar, el 30 de marzo de 2004, de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Transnacional Organizada y dos de sus Protocolos, a saber, el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, y el Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes, por tierra, mar y aire 7, y la promulgación por Myanmar, el 13 de septiembre de 2005, de una Ley contra el tráfico de personas, redactada de conformidad con la Convención; 2. Expresa su profunda preocupación por: a) La conculcación sistemática y continua de los derechos humanos, incluidos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales del pueblo de Myanmar, como las violaciones del derecho a un nivel de vida adecuado, la discriminación y las violaciones que sufren las personas pertenecientes a nacionalidades étnicas, las mujeres y los niños, especialmente en zonas en que no prevalece la cesación del fuego, incluso, aunque no exclusivamente, ejecuciones extrajudiciales, violaciones y otras formas de violencia sexual que llevan a cabo sistemáticamente miembros de las fuerzas armadas, el uso continuo de la tortura, las muertes en prisión, las detenciones políticas, los encarcelamientos y otras detenciones continuos; el reasentamiento forzado; el trabajo forzoso, incluido el trabajo infantil; la trata de personas; la negación de la libertad de reunión, asociación, expresión y circulación; la inobservancia generalizada del imperio de la ley, la continuación del reclutamiento y la utilización de niños soldados, el empleo de minas terrestres y la confiscación de tierras de cultivo, cosechas, ganado y otras posesiones; _______________ 5 E/CN.4/2005/36 y A/60/221. E/CN.4/2005/130 y A/60/422. 7 Resolución 55/25, anexos I a III. 6 2

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