A/RES/60/233
Afirmando que la voluntad del pueblo es la base de la autoridad del gobierno y
que la voluntad del pueblo de Myanmar se expresó claramente en las elecciones
celebradas en 1990,
1.
Acoge con satisfacción:
a)
Los informes del Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos
sobre la situación de los derechos humanos en Myanmar 5 y los informes del Secretario
General 6;
b)
Las gestiones personales y las declaraciones del Secretario General con
respecto a la situación en Myanmar;
c)
Los esfuerzos de las Naciones Unidas y de otras organizaciones
humanitarias internacionales para prestar la asistencia humanitaria que se necesita con
urgencia a la población más vulnerable de Myanmar;
d)
La puesta en libertad por el Gobierno de Myanmar de doscientos cuarenta y
nueve presos políticos el 6 de julio de 2005, observando al mismo tiempo que siguen
encarcelados más de mil cien presos políticos;
e)
El establecimiento por el Gobierno de un comité para la prevención del
reclutamiento militar de soldados menores de edad, y la aprobación, en noviembre
de 2004, de un proyecto de plan de acción para abordar las cuestiones del
reclutamiento de menores de edad y de niños soldados;
f)
La ratificación por Myanmar, el 30 de marzo de 2004, de la Convención de
las Naciones Unidas contra la Delincuencia Transnacional Organizada y dos de sus
Protocolos, a saber, el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de
personas, especialmente mujeres y niños, y el Protocolo contra el tráfico ilícito de
migrantes, por tierra, mar y aire 7, y la promulgación por Myanmar, el 13 de septiembre
de 2005, de una Ley contra el tráfico de personas, redactada de conformidad con la
Convención;
2.
Expresa su profunda preocupación por:
a)
La conculcación sistemática y continua de los derechos humanos, incluidos
los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales del pueblo de
Myanmar, como las violaciones del derecho a un nivel de vida adecuado, la
discriminación y las violaciones que sufren las personas pertenecientes a
nacionalidades étnicas, las mujeres y los niños, especialmente en zonas en que no
prevalece la cesación del fuego, incluso, aunque no exclusivamente, ejecuciones
extrajudiciales, violaciones y otras formas de violencia sexual que llevan a cabo
sistemáticamente miembros de las fuerzas armadas, el uso continuo de la tortura, las
muertes en prisión, las detenciones políticas, los encarcelamientos y otras detenciones
continuos; el reasentamiento forzado; el trabajo forzoso, incluido el trabajo infantil; la
trata de personas; la negación de la libertad de reunión, asociación, expresión y
circulación; la inobservancia generalizada del imperio de la ley, la continuación del
reclutamiento y la utilización de niños soldados, el empleo de minas terrestres y la
confiscación de tierras de cultivo, cosechas, ganado y otras posesiones;
_______________
5
E/CN.4/2005/36 y A/60/221.
E/CN.4/2005/130 y A/60/422.
7
Resolución 55/25, anexos I a III.
6
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