Intensificación de los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer y la niña A/RES/69/147 24. Destaca que en el sistema de las Naciones Unidas deben asignarse recursos suficientes a la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres) y a otros órganos, los organismos especializados, fondos y programas encargados de promover la igualdad entre los géneros, el empoderamiento de la mujer y los derechos humanos de la mujer y la niña, así como a las iniciativas emprendidas en todo el sistema de las Naciones Unidas para prevenir y eliminar la violencia contra la mujer y la niña, y exhorta al sistema de las Naciones Unidas a que facilite el apoyo y los recursos necesarios; 25. Destaca también la importancia de la base de datos del Secretario General sobre la violencia contra la mujer, expresa su aprecio a todos los Estados que han aportado información a la base de datos, entre otras cosas, acerca de las políticas y los marcos jurídicos que han adoptado para eliminar la violencia contra la mujer y apoyar a las víctimas de dicha violencia, alienta enérgicamente a todos los Estados a que aporten periódicamente información actualizada a la base de datos, y exhorta a todas las entidades competentes del sistema de las Naciones Unidas a que sigan prestando apoyo a los Estados que lo soliciten para reunir y actualizar periódicamente la información correspondiente y aumentar el conocimiento de la base de datos entre todos los interesados pertinentes, incluida la sociedad civil; 26. Reconoce la labor realizada por la División de Estadística del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría, en respuesta a la solicitud de la Comisión de Estadística, con el fin de elaborar directrices de apoyo a los Estados Miembros para la preparación de estadísticas sobre la violencia contra la mujer y la niña; 27. Exhorta a todos los órganos, las entidades, los fondos y programas y a los organismos especializados de las Naciones Unidas a que intensifiquen sus iniciativas a todos los niveles para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer y la niña y a que coordinen mejor su labor con miras a incrementar el apoyo efectivo a las iniciativas nacionales para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer, e invita a las instituciones de Bretton Woods a que hagan lo propio; 28. Solicita a la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias que en sus períodos de sesiones septuagésimo y septuagésimo primero le presente sendos informes anuales; 29. Solicita al Secretario General que en su septuagésimo primer período de sesiones le presente un informe en que figure: a) Información proporcionada por los órganos, fondos y programas y los organismos especializados de las Naciones Unidas sobre sus actividades de seguimiento realizadas en cumplimiento de la resolución 67/144 y la presente resolución, incluida la asistencia que hayan prestado a los Estados en sus esfuerzos por eliminar todas las formas de violencia contra la mujer; b) Información proporcionada por los Estados sobre las actividades de seguimiento realizadas en cumplimiento de la presente resolución; 30. Solicita también al Secretario General que presente a la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer en sus períodos de sesiones 59° y 60° un informe oral que incluya información suministrada por los órganos, fondos y programas y los organismos especializados de las Naciones Unidas sobre las actividades que hayan llevado a cabo recientemente para aplicar las resoluciones 65/187 y 67/144, así como la presente resolución, en particular sobre los progresos 15/16

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