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humano responsable, a quien se le puedan plantear las preocupaciones relacionadas
con las decisiones automatizadas y se puedan ejercer los derechos y, además, que
pueda impulsar la evaluación del proceso de decisión y la intervención humana; c)
proporcionar explicaciones, en un lenguaje claro y comprensible para los seres
humanos, sobre las decisiones automatizadas que tome la inteligencia artificial,
previa solicitud, y d) realizar una intervención humana en la decisión automatizada
tomada por la inteligencia artificial, previa solicitud45.
54. Todo lo anterior se corresponde parcialmente con lo previsto en el Reglamento
General de Protección de Datos cuando, por ejemplo, establece que:
Cuando los datos personales no se hayan obtenido del interesado, el
responsable del tratamiento le facilitará la siguiente información: […]
2. […] g) la existencia de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de
perfiles, a que se refiere el artículo 22, apartados 1 y 4, y, al menos en tales
casos, información significativa sobre la lógica aplicada, así como la
importancia y las consecuencias previstas de dicho tratamiento para el
interesado 46.
Adicionalmente, el interesado o titular del dato tiene derecho a:
obtener del responsable del tratamiento confirmación de si se están tratando o
no datos personales que le conciernen y, en tal caso, derecho de acceso a los
datos personales y a la siguiente información: […] h) la existencia de decisiones
automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, a que se refiere el artículo 22,
apartados 1 y 4, y, al menos en tales casos, información significativa sobre la
lógica aplicada, así como la importancia y las consecuencias previstas de dicho
tratamiento para el interesado 47.
55. En el siguiente gráfico, el Instituto Nacional de Normas y Tecnología resume el
alcance de dicho principio48:
56. En el siguiente cuadro se explica lo más relevante de cada principio según el
documento del Instituto Nacional de Normas y Tecnología 49:
__________________
45
46
47
48
49
18/21
Véase https://globalprivacyassembly.org/document-archive/adopted-resolutions/, pág. 3.
Véase http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32016R0679, art. 14,
párr. 2 g).
Ibid., art. 15, párr. 1.
Instituto Nacional de Normas y Tecnología, Four Principles of Explainable Artificial
Intelligence, – NISTIR 8312 (2021), pág. 3. Disponible en:
https://doi.org/10.6028/NIST.IR.8312.
La explicación de la tabla es una adaptación, resumen y traducción del texto original en inglés
citado y disponible en https://doi.org/10.6028/NIST.IR.8312.
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