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III. Riesgos inherentes a la inteligencia artificial
15. La sociedad, y su transformación digital, está siendo influenciada por la
inteligencia artificial, la cual se encuentra presente en diversos aspectos de nuestra
vida diaria, la economía, la ciencia, la educación, la salud y muchas otras áreas o
actividades.
16. Si bien son innegables las oportunidades y los beneficios de la inteligencia
artificial en la sociedad en general, no debe perderse de vista que puede entrañar
desafíos, peligros o amenazas que son intrínsecos a la inteligencia artificial. A título
enunciativo, por ejemplo, dichos riesgos pueden incluir aspectos como la falta de
ética en el desarrollo o uso de la inteligencia artificial, o la toma de decisiones
sesgadas, no transparentes o incorrectas sobre seres humanos.
17.
Los niveles de riesgos dependen de cada situación particular.
La Comisión Europea considera que, en general, una aplicación de
[inteligencia artificial] determinada debe considerarse de riesgo elevado en
función de lo que esté en juego, y considerando si tanto el sector como el uso
previsto suponen riesgos significativos, en especial desde la perspectiva de la
protección de la seguridad, los derechos de los consumidores y los derechos
fundamentales. De manera más específica, una aplicación de [inteligencia
artificial] debe considerarse de riesgo elevado cuando presente la suma de los
dos criterios siguientes:
a)
En primer lugar, que la aplicación de [inteligencia artificial] se
emplee en un sector en el que, por las características o actividades que se
llevan a cabo normalmente, es previsible que existan riesgos
significativos. […]. Por ejemplo, la sanidad, el transporte, la energía y
determinados ámbitos del sector público […];
b)
En segundo lugar, que la aplicación de [inteligencia artificial]
en el sector en cuestión se use, además, de manera que puedan surgir
riesgos significativos. […] La evaluación del nivel de riesgo de un uso
determinado puede basarse en las repercusiones para las partes afectadas.
Por ejemplo, el uso de aplicaciones de [inteligencia artificial] con efectos
jurídicos o similares en los derechos de un particular o de una empresa;
aplicaciones que presenten el riesgo de causar lesiones, la muerte, o daños
materiales o inmateriales significativos; aplicaciones que produzcan
efectos que las personas físicas o jurídicas no puedan evitar
razonablemente 16.
18. La inteligencia artificial involucra diferentes tipos de riesgos. Entre las
contingencias a tener en cuenta deben considerarse, entre otras, las inherentes a la
operación de los algoritmos ―sesgos humanos, fallas técnicas, vulnerabilidad de
seguridad y fallas en la implementación―, y a su diseño. Sobre este punto se han
identificado aspectos que inciden en la gestión de riesgos de los algoritmos que se
ilustran en la siguiente gráfica17:
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Véase https://eur-lex.europa.eu/legalcontent/ES/TXT/?qid=1603192201335&uri=CELEX%3A52020DC0065 .
Véase https://www.redipd.org/sites/default/files/2020-02/guia-recomendaciones-generalestratamiento-datos-ia.pdf, pág. 18.
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