A/HRC/RES/55/4
Mundial de la Salud y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, a la
promoción de la cooperación y la orientación para lograr prácticas y suministros seguros y
sostenibles en el ámbito de la alimentación,
1.
Reafirma que el hambre constituye una ignominia y un atentado contra la
dignidad humana, por lo que es preciso adoptar medidas urgentes a nivel nacional, regional
e internacional para eliminarla;
2.
Reafirma también el derecho de toda persona a tener acceso a alimentos sanos,
suficientes y nutritivos, en consonancia con el derecho a una alimentación adecuada y con el
derecho fundamental de toda persona a no padecer hambre, a fin de poder desarrollar y
mantener plenamente sus capacidades físicas y mentales;
3.
Expresa profunda preocupación por el hecho de que 345 millones de personas
sufrieron inseguridad alimentaria grave en 2023 y 783 millones padecieron hambre extrema,
según el Programa Mundial de Alimentos1;
4.
Expresa profunda preocupación también por los graves retrocesos en la
consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 1 y 2, relativos a la erradicación de la
pobreza, el hambre y todas las formas de malnutrición, y por el creciente e inminente riesgo
de que no se alcancen las metas enunciadas en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible;
5.
Considera intolerable que, según estimaciones del Fondo de las Naciones
Unidas para la Infancia, casi la mitad de todas las muertes de niños menores de 5 años se
deban a la desnutrición, que expone a los niños a un riesgo más elevado de morir de
infecciones comunes, aumenta la frecuencia y la gravedad de esas infecciones y retrasa la
recuperación;
6.
Expresa su gran preocupación al observar que, si bien las mujeres aportan más
del 50 % de los alimentos producidos en todo el mundo, representan también el 70 % de las
personas que padecen hambre; que las mujeres y las niñas se ven desproporcionadamente
afectadas por el hambre, la malnutrición, la inseguridad alimentaria y la pobreza, en parte
debido a la desigualdad entre los géneros y la discriminación; que, en muchos países, la
probabilidad de morir de malnutrición y de enfermedades infantiles prevenibles es dos veces
mayor en las niñas que en los niños; y que el número estimado de mujeres que sufren
malnutrición casi duplica al de los hombres;
7.
Alienta a todos los Estados a que incorporen una perspectiva de género en los
programas de seguridad alimentaria y nutrición y a que adopten medidas para combatir de
iure y de facto la desigualdad y la discriminación contra las mujeres y las niñas, en particular
cuando contribuyen a la malnutrición de estas, entre otras vías adoptando medidas para lograr
la efectividad plena y en condiciones de igualdad del derecho a la alimentación y para velar
por que las mujeres y las niñas tengan el mismo acceso a la protección social y los recursos,
incluidos los ingresos, las tierras y el agua, y a su propiedad, así como un acceso pleno y en
condiciones de igualdad a la atención médica, la educación, la ciencia y la tecnología, para
que puedan alimentarse ellas mismas y a sus familias, y a este respecto destaca la necesidad
de empoderar a las mujeres y de reforzar su presencia en las instancias decisorias;
8.
Toma nota del informe del Relator Especial sobre el derecho a la
alimentación2;
9.
Reconoce la importancia de prestar la debida atención a los efectos adversos
del cambio climático para hacer plenamente efectivo el derecho a la alimentación;
10.
Reitera que la mejora del acceso a los recursos productivos y la inversión
pública responsable en el desarrollo rural, teniendo en cuenta los Principios para la Inversión
Responsable en la Agricultura y los Sistemas Alimentarios, que han sido respaldados por el
Comité de Seguridad Alimentaria Mundial, son indispensables para erradicar el hambre y la
pobreza, en particular en los países en desarrollo, por medios como el fomento de las
inversiones, incluidas las inversiones privadas, en tecnologías apropiadas de riego y
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Programa Mundial de Alimentos, “Una crisis alimentaria mundial”, puede consultarse en
https://wfp.org/global-hunger-crisis.
A/HRC/55/49.
GE.24-06165