A/RES/51/129
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Tomando nota de que la Comisión de Conciliación anunció en su vigésimo
segundo informe sobre la evolución de la situación4 que se había dado fin al
programa de identificación y avalúo de los bienes de propiedad de árabes, y
que en la Oficina del Catastro existían una lista de propietarios árabes y un
archivo de documentos en que se definían la ubicación, superficie y otras
características de los bienes raíces de propiedad de árabes,
Recordando que en el marco del proceso de paz en el Oriente Medio la
Organización de Liberación de Palestina y el Gobierno de Israel acordaron, en
la Declaración de Principios sobre las Disposiciones relacionadas con un
Gobierno Autónomo Provisional, de 13 de septiembre de 19935, iniciar las
negociaciones sobre el estatuto permanente, incluida la importante cuestioń de
los refugiados, e instando a que se inicien dichas negociaciones,
1.
Reafirma que los refugiados árabes de Palestina tienen derecho, de
conformidad con los principios de justicia y de equidad, a sus bienes y a las
rentas que ellos produzcan,
2.
Pide al Secretario General que, en consulta con la Comisión de
Conciliación de las Naciones Unidas para Palestina, adopte todas las medidas
necesarias para la protección de los bienes, haberes y derechos de propiedad
de árabes en Israel y preserve y modernice los registros existentes;
3.
Exhorta una vez más a Israel a que brinde al Secretario General
todo tipo de facilidades y asistencia para la aplicación de la presente
resolución;
4.
Exhorta a todas las partes interesadas a que proporcionen al
Secretario General toda la información pertinente que obre en su poder sobre
bienes, haberes y derechos de propiedad de árabes en Israel, lo que sería útil
al Secretario General para la aplicación de la presente resolución;
5.
Insta a las partes palestina e israelí a que, según han acordado
entre ellas, se ocupen de la importante cuestión de los bienes de los
refugiados palestinos y las rentas que ellos devenguen, en el marco de las
negociaciones sobre el estatuto permanente, como parte del proceso de paz en
el Oriente Medio;
6.
Pide también al Secretario General que le presente un informe en
su quincuagésimo segundo período de sesiones sobre la aplicación de la
presente resolución.
83a. sesión plenaria
13 de diciembre de 1996
4
Documentos Oficiales de la Asamblea General, decimonoveno período de
sesiones, Anexos, Anexo No. 11, documento A/5700.
5
A/48/486-S/26560, anexo; véase Documentos Oficiales del Consejo de
Seguridad, cuadragésimo octavo año, Suplemento de octubre, noviembre y diciembre
de 1993, documento S/26560.