A/HRC/RES/34/16 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 6 de abril de 2017 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 34º período de sesiones 27 de febrero a 24 de marzo de 2017 Tema 3 de la agenda Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 24 de marzo de 2017 34/16. Derechos del niño: protección de los derechos del niño en el marco de la aplicación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible El Consejo de Derechos Humanos, Poniendo de relieve que la Convención sobre los Derechos del Niño constituye el estándar en la promoción y protección de los derechos del niño, teniendo presente la importancia de los Protocolos Facultativos de la Convención, y pidiendo su ratificación universal y su aplicación efectiva, Recordando todas las resoluciones anteriores sobre los derechos del niño de la Comisión de Derechos Humanos, el Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General, las más recientes de las cuales son la resolución 31/7 del Consejo, de 23 de marzo de 2016, y la resolución 71/177 de la Asamblea, de 19 de diciembre de 2016, Reafirmando que los principios generales enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño, entre ellos el interés superior del niño, la no discriminación, la participación y la supervivencia y el desarrollo, constituyen el marco para todas las acciones relacionadas con los niños, Acogiendo con beneplácito la labor realizada por el Comité de los Derechos del Niño y demás órganos de tratados, y haciendo notar en particular las observaciones generales del Comité, Acogiendo con beneplácito también la atención prestada a los derechos del niño por los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos en el marco de sus mandatos respectivos, en particular la labor de la Relatora Especial sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, la Representante Especial del Secretario General sobre la Violencia contra los Niños y la Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los niños y los conflictos armados, y tomando nota con aprecio de sus informes recientes1, Recordando sus resoluciones 5/1, relativa a la construcción institucional del Consejo de Derechos Humanos, y 5/2, relativa al Código de Conducta para los Titulares de Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y 1 A/HRC/34/55, A/HRC/34/45 y A/HRC/34/44. GE.17-05580 (S) 100417  110417

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