A/RES/56/39
Celebrando también el inicio de las actividades del Centro Subregional para
los Derechos Humanos y la Democracia en el África Central, en cumplimiento de
las recomendaciones hechas por la Asamblea General en sus resoluciones 53/78 A,
de 4 de diciembre de 1998, y 54/55 A, de 1° de diciembre de 1999, con miras a
fortalecer la democracia, el respeto de los derechos humanos y la vigencia del
estado de derecho en la subregión,
Felicitando a los Estados miembros de la Comunidad Económica de los
Estados del África Central por su promesa de fortalecer los mecanismos de
cooperación en el marco de la Comunidad,
Señalando que, a causa de los conflictos, la pérdida de vidas humanas y la
destrucción de las infraestructuras económicas y sociales en el África central, es
indispensable proseguir y fortalecer los programas de rehabilitación para reactivar la
economía de los países de la subregión,
Observando con profunda preocupación el riesgo de que se agrave la pobreza,
en particular en las zonas rurales, a causa de los conflictos, la pérdida de vidas
humanas y la destrucción de las infraestructuras económicas y sociales,
Destacando la necesidad de continuar y fortalecer los programas de
rehabilitación para reactivar la economía de los países de la subregión,
Acogiendo con beneplácito la contribución de los organismos del sistema de
las Naciones Unidas como complemento de las iniciativas desplegadas a nivel
nacional y subregional para promover el proceso de democratización, rehabilitación
y desarrollo en el África central,
Consciente de las oportunidades y las exigencias que entraña el proceso de
mundialización y de liberalización para la economía de los países de la subregión,
Observando con satisfacción las medidas adoptadas por la Comunidad
Económica de los Estados del África Central para luchar contra el virus de la
inmunodeficiencia humana y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida
(VIH/SIDA),
Observando la importante contribución de las mujeres en el proceso de
desarrollo,
1.
Toma nota del informe del Secretario General sobre la cooperación entre
las Naciones Unidas y la Comunidad Económica de los Estados del África Central 3;
2.
Encomia a los Estados Miembros de las Naciones Unidas y a los órganos,
organizaciones y organismos de las Naciones Unidas que han mantenido o
fortalecido su cooperación con la Comunidad Económica de los Estados del África
Central o que han comenzado a cooperar con ella para promover la paz, la seguridad
y el desarrollo;
3.
Invita a los Estados Miembros de las Naciones Unidas, así como a los
órganos, organizaciones y organismos de las Naciones Unidas que todavía no lo
hayan hecho, a que estudien la posibilidad de establecer contactos o relaciones con
la Comunidad Económica de los Estados del África Central;
4.
Acoge con beneplácito el apoyo financiero, técnico y material dado a la
Comunidad Económica de los Estados del África Central por la comunidad
internacional;
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A/56/301.
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