E/CN.6/2024/L.3
programas de erradicación de la pobreza respondan a las expectativas y necesidades
cambiantes que tienen las familias al desempeñar sus numerosas funciones y que se
respeten los derechos, la capacidad y las responsabilidades de todas las personas que
componen la familia.
53. Preocupa a la Comisión que la falta de datos desglosados y de estadísticas de
género esté limitando la capacidad de los responsables de formular políticas para
abordar eficazmente la pobreza que afecta a las mujeres y las niñas. Si no cuentan con
sistemas y métodos sólidos de recopilación de datos, los países no pueden calcular
los costos ni asignar o gastar recursos para aplicar leyes y políticas favorables a las
personas pobres, incluidas aquellas que respalden la erradicación de la pobreza en
todas sus formas y dimensiones. La Comisión reconoce que la lucha contra la pobreza
exige una toma de decisiones fundamentada que se base en el intercambio y la
difusión abiertos de datos desglosados y datos a nivel individual y la medición de la
pobreza multidimensional para avanzar con rapidez hacia la erradicación de la
pobreza en todas sus formas y dimensiones y el logro de la igualdad de género y el
empoderamiento de todas las mujeres y niñas.
54. La Comisión insta a los gobiernos de todos los niveles, según proceda, junto con
las entidades del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones internacionales
y regionales pertinentes, en el marco de sus mandatos respectivos y teniendo en
cuenta las prioridades nacionales, e invita a la sociedad civil, entre otras las
organizaciones de mujeres, las organizaciones dirigidas por jóvenes, los grupos
feministas, las organizaciones confesionales, el sector privado y las instituciones
nacionales de derechos humanos, cuando existan, y a otros asociados pertinentes,
según corresponda, a que adopten las medidas siguientes:
Integrar una perspectiva de género en los compromisos de financiación
para el desarrollo
a)
Adoptar medidas para cumplir plenamente los compromisos y
obligaciones vigentes respecto al logro de la igualdad de género y el empoderamiento
de todas las mujeres y las niñas y el goce pleno y en pie de igualdad por estas de los
derechos humanos y las libertades fundamentales, sin discriminación de ningún tipo,
en particular haciendo frente a la pobreza y fortaleciendo las instituciones y la
financiación con una perspectiva de género;
b)
Considerar la posibilidad, con carácter especialmente prioritario, de
ratificar la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad y los Protocolos Facultativos
correspondientes, o de adherirse a ellos, limitando el alcance de las reservas,
formulando las reservas en la forma más precisa y restringida posible para que
ninguna de ellas sea incompatible con el objeto y el fin de las Convenciones,
examinando periódicamente las reservas con miras a retirarlas, y retirar las reservas
que sean contrarias al objeto y el fin de la Convención que corresponda, y aplicar las
Convenciones plenamente, entre otras cosas promulgando leyes y políticas nacionales
eficaces;
c)
Considerar la importancia de ratificar y, para aquellos que lo hayan hecho,
aplicar los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo y
tomar nota de la importancia de otras normas internacionales del trabajo pertinentes;
d)
Cumplir los compromisos y obligaciones existentes relacionados con la
financiación para lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las
mujeres y niñas y la protección y plena realización de sus derechos humanos, en
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