A/RES/48/171
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2.
Exhorta a todos los gobiernos, organizaciones internacionales,
instituciones financieras multilaterales y fondos de desarrollo, órganos,
organizaciones y programas del sistema de las Naciones Unidas y a todas las
demás organizaciones interesadas a que, con carácter de urgencia, adopten
medidas concretas para la plena aplicación del Programa de Acción en favor de
los países menos adelantados para el decenio de 1990;
3.
Acoge con beneplácito las fundamentales reformas nacionales de
gran transcendencia que los países menos adelantados han llevado o están
llevando a cabo, y observa que esas actividades deben proseguir;
4.
Toma nota de los esfuerzos desplegados por la comunidad
internacional, en particular por los países donantes, para tratar de cumplir
sus compromisos en todas las esferas, de conformidad con el Programa de
Acción, e insta a que se preste suficiente apoyo exterior a los esfuerzos de
los países menos adelantados, manteniendo en estudio la posibilidad de adoptar
nuevas medidas en esferas concretas de importancia para los países menos
adelantados;
5.
Exhorta a los países donantes a que, con carácter prioritario,
cumplan sus compromisos de ayuda con arreglo a lo dispuesto en el Programa de
Acción y a que los incrementen de forma de tener cabalmente en cuenta las
necesidades de recursos adicionales de los países menos adelantados, incluidos
los añadidos a la lista de países menos adelantados a raíz de la Segunda
Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países Menos Adelantados;
6.
Subraya que para que se avance en la aplicación del Programa de
Acción los países menos adelantados deberán aplicar de manera eficaz políticas
y prioridades nacionales para su crecimiento económico y desarrollo, y deberá
establecerse una asociación firme y dedicada entre esos países y sus socios en
el desarrollo;
7.
Pide al Secretario General que, de conformidad con el párrafo 142
del Programa de Acción, siga velando por la total movilización y coordinación
de todos los órganos, organizaciones y organismos del sistema de las Naciones
Unidas para ejecutar y cumplir las recomendaciones del Programa de Acción, en
estrecha colaboración con el Secretario General de la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, las secretarías de las comisiones
regionales y los organismos que dirigen programas de ayuda;
8.
Exhorta a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y
Desarrollo a que tome medidas innovadoras que permitan proporcionar y
movilizar el apoyo financiero y técnico necesario para la ejecución eficaz del
Programa de Acción;
9.
Destaca la importancia de contar con mecanismos eficaces de
supervisión del Programa de Acción y advierte que el cumplimiento y examen
anual de los progresos realizados en la aplicación del Programa de Acción que
efectúa la Junta de Comercio y Desarrollo basándose en el informe anual sobre
los países menos adelantados coadyuva al diálogo sobre el desarrollo entre
dichos países y sus socios en el desarrollo, e insta a que se refuercen esas
actividades;
10.
Observa con preocupación la reducción de los recursos del Programa
de las Naciones Unidas para el Desarrollo durante su quinto ciclo de
programación y las consecuencias de esa situación para los países menos
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