Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas
en materia de prevención del delito y justicia penal,
en particular de su capacidad de cooperación técnica
A/RES/74/177
ampliar, mejorar y potenciar, en el marco de sus mandatos, sus actividades
operacionales, de investigación y de cooperación técnica;
31. Expresa preocupación por la situación financiera general de la Oficina de
las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, pone de relieve la necesidad de
proporcionarle recursos suficientes, previsibles y estables y asegurar que se utilicen
de manera eficaz en función del costo, y solicita al Secretario General, teniendo en
cuenta también la prórroga del mandato del grupo de trabajo intergubernamental
permanente de composición abierta encargado del mejoramiento de la gobernanza y
la situación financiera de la Oficina, que, en el marco de las obligaciones vigentes de
presentación de informes, siga informando sobre la situación financiera de la Oficina
y asegurándose de que esta disponga de recursos suficientes para desempeñar sus
mandatos de forma plena y eficaz;
32. Invita a los Estados y a otras partes interesadas a que hagan nuevas
contribuciones voluntarias al fondo fiduciario de contribuciones voluntarias d e las
Naciones Unidas para las víctimas de la trata de personas, especialmente mujeres y
niños, y al fondo fiduciario de contribuciones voluntarias de las Naciones Unidas para
luchar contra las formas contemporáneas de la esclavitud;
33. Exhorta a los Estados Miembros a que redoblen sus esfuerzos en los planos
nacional e internacional por eliminar todas las formas de discriminación, como el
racismo, la intolerancia religiosa, la xenofobia y la discriminación por motivos de
género, entre otras cosas mediante actividades de concienciación, la elaboración de
materiales y programas educativos y, cuando proceda, la elaboración y aplicación
efectiva de leyes contra la discriminación;
34. Pone de relieve la importancia de proteger a los miembros vulnerables de
la sociedad, independientemente de su condición, que puedan ser objeto de formas
múltiples y agravadas de discriminación y, en este sentido, expresa su preocupación
por la intensificación de las actividades de los grupos de delincuencia organizada
transnacional y nacional, así como de otros que se lucran de los delitos contra los
migrantes, especialmente mujeres y niños, sin importarles las condiciones peligrosas
e inhumanas a que someten a sus víctimas y en flagrante violación de las leyes
nacionales y el derecho internacional;
35. Exhorta a los Estados Miembros a que apliquen, según proceda, las Reglas
Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson
Mandela) 33, teniendo presentes su espíritu y su propósito, y a que intensifiquen sus
esfuerzos para hacer frente al problema del hacinamiento en las cárceles mediante
reformas apropiadas de la justicia penal, que deberían incluir, cuando proceda, una
revisión de las políticas penales y las medidas prácticas para reducir la prisión
preventiva, fomentar la utilización de sanciones y medidas no privativas de libertad
y mejorar el acceso a la asistencia jurídica en la medida de lo posible, y solicita a la
Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito que siga prestando
asistencia técnica a los Estados Miembros que la soliciten a este respecto;
36. Invita a los Estados Miembros a que incorporen la perspectiva de género
en sus sistemas de justicia penal, en particular mediante el uso de medidas no
privativas de libertad para las mujeres, según proceda, y mejorando el tratamiento de
las reclusas, teniendo en consideración las Reglas de las Naciones Unidas para el
Tratamiento de las Reclusas y Medidas No Privativas de la Libertad para las Mujeres
Delincuentes (Reglas de Bangkok) 34, y mediante la formulación y aplicación de
estrategias y planes nacionales para promover la protección plena de las mujeres y las
niñas contra todos los actos de violencia y para fortalecer la prevención del delito
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Resolución 70/175, anexo.
Resolución 65/229, anexo.
19-22334