A/RES/61/153
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
14 de febrero de 2007
Sexagésimo primer período de sesiones
Tema 67 a) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de diciembre de 2006
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/61/443/Add.1 y Corr.1)]
61/153. La tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos
o degradantes
La Asamblea General,
Reafirmando que nadie será sometido a torturas ni a otros tratos o penas
crueles, inhumanos o degradantes,
Recordando que el derecho a no ser sometido a torturas y otros tratos o penas
crueles, inhumanos o degradantes no admite excepción y debe estar protegido en
todas las circunstancias, incluso en tiempos de conflicto armado o disturbios
internos o internacionales, y que los instrumentos internacionales pertinentes
afirman la prohibición absoluta de la tortura y otros tratos o penas crueles,
inhumanos o degradantes,
Recordando también que varios tribunales internacionales, regionales y
nacionales, entre ellos el Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los
presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional
humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991, han
reconocido que la prohibición de la tortura es una norma imperativa del derecho
internacional y han sostenido que la prohibición de los tratos o penas crueles,
inhumanos o degradantes es una norma del derecho internacional consuetudinario,
Recordando además la definición de tortura que figura en el artículo 1 de la
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes 1,
Observando que, de conformidad con los Convenios de Ginebra de 1949 2, la
tortura y los tratos inhumanos constituyen una violación grave de sus disposiciones
y que, en virtud de los Estatutos del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia y
del Tribunal Penal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos
responsables de genocidio y otras violaciones graves del derecho internacional
humanitario cometidas en el territorio de Rwanda y de los ciudadanos rwandeses
presuntamente responsables de genocidio y otras violaciones de esa naturaleza
cometidas en el territorio de Estados vecinos entre el 1° de enero y el 31 de
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Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1465, No. 24841.
Ibíd., vol. 75, Nos. 970 a 973.