A/RES/52/77
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VI. GUAM
Tomando nota con interés de la declaración formulada por el representante de Guam en el Seminario
Regional del Caribe, celebrado en St. John’s (Antigua y Barbuda), del 21 al 23 de mayo de 19972, así como
de la información sobre la situación política y económica del Territorio proporcionada por dicho representante
en esa ocasión,
Recordando que en un referéndum celebrado en 1987 el pueblo de Guam apoyó un proyecto de ley del
Commonwealth de Guam que establecería un nuevo marco para las relaciones entre el Territorio y la Potencia
administradora, que incluía la autonomía interna de Guam y el reconocimiento del derecho del pueblo de
Guam a la libre determinación respecto del Territorio,
Recordando también las solicitudes de los representantes elegidos y las organizaciones no
gubernamentales del Territorio de que no se eliminara a Guam de la lista de territorios no autónomos de los
cuales se ocupa el Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la
Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, a la espera de que el
pueblo chamorro exprese sus deseos y habida cuenta de sus legítimos derechos e intereses,
Consciente de que continúan las negociaciones entre la Potencia administradora y el Gobierno del
Territorio sobre el proyecto de ley del Commonwealth de Guam y sobre el estatuto futuro del Territorio, con
especial referencia a la cuestión de la evolución de la relación entre los Estados Unidos de América y Guam,
Consciente de que la Potencia administradora continúa ejecutando su programa para el traspaso de las
tierras excedentes del Gobierno federal al Gobierno de Guam,
Observando que el pueblo del Territorio ha pedido que se reforme el programa de la Potencia
administradora en relación con el traspaso total, incondicional y rápido de tierras al pueblo de Guam,
Consciente de que, a causa de la inmigración a Guam, el pueblo indígena chamorro se ha convertido en
una minoría en su propia tierra,
Teniendo presentes de las posibilidades de diversificación y desarrollo de la economía de Guam mediante
la pesca y la agricultura a escala comercial y otras actividades viables,
Tomando nota de la propuesta clausura y reasignación de cuatro instalaciones de la Marina de los
Estados Unidos en Guam, y de la solicitud de que se establezca un período de transición para transformar
algunas de las instalaciones clausuradas en empresas comerciales,
Recordando que en 1979 se envió al Territorio una misión visitadora de las Naciones Unidas y
destacando la recomendación formulada en 1996 por el seminario regional del Pacífico de que se enviara una
misión visitadora a Guam3,
1. Exhorta a la Potencia administradora a que tenga en cuenta la voluntad expresada por el pueblo
chamorro y apoyada por el pueblo de Guam, alienta a la Potencia administradora y al Gobierno del Territorio
de Guam a que prosigan las negociaciones sobre esta cuestión, y pide a la Potencia administradora que
mantenga informado al Secretario General sobre los progresos logrados al respecto;
2
V��ase A/AC.109/2089.
3
Véase A/AC.109/2058, párr.33 (20).
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