A/RES/52/39
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1. Toma nota del informe del Secretario General sobre las medidas de fomento de la confianza en
el plano regional3, que se refiere a las actividades del Comité Consultivo Permanente de las Naciones
Unidas encargado de las cuestiones de seguridad en el África central, desde la aprobación por la Asamblea
General de su resolución 51/46 C;
2. Reafirma su apoyo a los esfuerzos encaminados a promover medidas de fomento de la confianza
en los planos regional y subregional con el fin de aliviar las tensiones y los conflictos en la subregión y
de promover el desarme, la no proliferación de armamentos y el arreglo pacífico de las controversias en
el África central;
3. Reafirma también su apoyo al programa de trabajo del Comité Consultivo Permanente aprobado
en su reunión de organización, celebrada en Yaundé en julio de 1992;
4. Invita a los Estados miembros del Comité Consultivo Permanente que aún no lo hayan hecho
a que firmen el Pacto de no agresión, y alienta a todos los Estados Miembros a que aceleren su
ratificación, persuadida de que la entrada en vigor del Pacto contribuirá eficazmente a prevenir los
conflictos en la subregión del África central;
5. Acoge con satisfacción los programas y las actividades del Comité Consultivo Permanente para
el período 1997-1998, aprobados por los Estados miembros en la novena reunión ministerial, que se
celebró en Libreville del 7 al 11 de julio de 19974, cuyo propósito es el de:
a) Establecer y poner en funcionamiento cuanto antes un mecanismo de alerta temprana para el
África central financiado mediante contribuciones voluntarias;
b) Poner en marcha programas dirigidos a reciclar y rehabilitar a los soldados desmovilizados y
reintegrarlos a la vida civil;
c)
Luchar contra el tráfico ilícito de armas y estupefacientes en la subregión;
d) Organizar seminarios de capacitación que permitan a los Estados del África central participar más
activamente en las operaciones de mantenimiento de la paz auspiciadas por las Naciones Unidas o la
Organización de la Unidad Africana;
e)
Organizar maniobras militares conjuntas de simulación de operaciones de mantenimiento de la
paz;
f) Ofrecer a las fuerzas armadas y a las fuerzas de seguridad de los Estados del África central
seminarios y programas de sensibilización sobre el ejercicio del poder público, el Estado de derecho y el
respeto de los derechos humanos;
3
A/52/293.
4
Véase A/52/283-S/1997/644, anexo; véase Documentos Oficiales del Consejo de Seguridad,
quincuagésimo segundo año, Suplemento de julio, agosto y septiembre de 1997, documento
S/1997/644.
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