A/HRC/RES/39/9
organismos especializados, dentro del ámbito de sus respectivos mandatos, de las
organizaciones internacionales competentes, entre ellas las organizaciones financieras y de
comercio, y de los interesados pertinentes, como las organizaciones de la sociedad civil, los
profesionales del desarrollo, los expertos en derechos humanos y el público a todos los
niveles,
Destacando que la responsabilidad de hacer frente a los problemas económicos y
sociales mundiales y a las amenazas a la paz y la seguridad internacionales debe ser
compartida por las naciones del mundo y ejercida multilateralmente, y que a este respecto
las Naciones Unidas deben desempeñar el papel central por ser la organización más
universal y representativa del mundo,
Acogiendo con beneplácito la aprobación de la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible y sus medios de aplicación, y poniendo de relieve que la Agenda 2030 se basa
en la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo y que ese derecho proporciona un entorno
vital propicio para el logro cabal de los Objetivos de Desarrollo Sostenible,
Reconociendo que, para lograr los objetivos de desarrollo internacionalmente
convenidos, entre ellos los Objetivos de Desarrollo del Milenio que no se cumplieron, los
Objetivos de Desarrollo Sostenible y los objetivos relacionados con el cambio climático, se
requiere una coherencia y una coordinación eficaces de las políticas,
Reconociendo también que el hambre y la pobreza extrema, en todas sus formas y
dimensiones, son los mayores desafíos mundiales y que es necesario el compromiso
colectivo de la comunidad internacional para su erradicación, y exhortando, por
consiguiente, a la comunidad internacional a que contribuya al logro de ese objetivo, de
conformidad con los Objetivos de Desarrollo Sostenible,
Reconociendo además que la desigualdad es un obstáculo importante para el
ejercicio efectivo del derecho al desarrollo de los países y dentro de ellos,
Reconociendo que erradicar la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida
la pobreza extrema, es uno de los elementos decisivos en la promoción y la realización del
derecho al desarrollo y el mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un
requisito indispensable para el desarrollo sostenible, que requiere un planteamiento
polifacético e integrado, y reiterando la necesidad de lograr el desarrollo sostenible en sus
tres dimensiones, económica, social y ambiental, de forma equilibrada e integrada,
Expresando preocupación por el número cada vez mayor de casos de vulneraciones
y violaciones de los derechos humanos cometidas por corporaciones transnacionales y otras
empresas, subrayando la necesidad de ofrecer protección, justicia y vías de recurso
apropiadas a las víctimas de las vulneraciones y violaciones de los derechos humanos
resultantes de las actividades de esas entidades, y recalcando que estas deben contribuir a
los medios de aplicación para hacer realidad el derecho al desarrollo,
Poniendo de relieve que todos los derechos humanos y libertades fundamentales,
incluido el derecho al desarrollo, son universales, indivisibles, interdependientes y están
relacionados entre sí,
Subrayando que, para que se cumplan los Objetivos de Desarrollo Sostenible, será
necesario reforzar un orden nacional e internacional nuevo, más equitativo y sostenible, así
como promover y proteger todos los derechos humanos y libertades fundamentales,
Observando el compromiso manifestado por una serie de organismos especializados,
fondos y programas de las Naciones Unidas y por otras organizaciones internacionales de
hacer del derecho al desarrollo una realidad para todos, y, a este respecto, instando a todos
los órganos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas y a otras organizaciones
internacionales a que incorporen el derecho al desarrollo en sus objetivos, políticas,
programas y actividades operacionales, así como en los procesos de desarrollo y
relacionados con este, entre ellos el seguimiento de la Cuarta Conferencia de las Naciones
Unidas sobre los Países Menos Adelantados,
Destacando que los Estados son los principales responsables de crear condiciones
nacionales e internacionales favorables para hacer efectivo el derecho al desarrollo,
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GE.18-16417