A/RES/56/24 Subrayando la importancia de los tratados de Tlatelolco 17, Rarotonga 18, Bangkok 19 y Pelindaba 20, por los que se crean zonas libres de armas nucleares, así como del Tratado Antártico 21, a los fines de, entre otras cosas, alcanzar en última instancia el objetivo de un mundo totalmente libre de armas nucleares, Subrayando también la importancia de que se redoble la cooperación entre los miembros de los tratados sobre zonas libres de armas nucleares mediante mecanismos tales como reuniones conjuntas de los Estados partes, signatarios y observadores de esos tratados, Recordando los principios y normas aplicables de derecho internacional referentes a la libertad de la alta mar y al derecho de paso por el espacio marítimo, incluidos los consagrados en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar 22, 1. Acoge con beneplácito el hecho de que el Tratado Antártico 21 y los tratados de Tlatelolco 17, Rarotonga 18, Bangkok 19 y Pelindaba 20 sigan contribuyendo a liberar de armas nucleares al hemisferio sur y las áreas adyacentes a que se refieren esos tratados; 2. Insta a todos los Estados de la región a que ratifiquen los tratados de Tlatelolco, Rarotonga, Bangkok y Pelindaba y exhorta a todos los Estados interesados a que continúen actuando de consuno para coadyuvar a que todos los Estados pertinentes que aún no lo hayan hecho se adhieran a los protocolos de los tratados relativos a las zonas libres de armas nucleares; 3. Acoge con beneplácito las medidas adoptadas para concertar nuevos tratados de creación de zonas libres de armas nucleares sobre la base de arreglos libremente concertados entre los Estados de las regiones correspondientes, y pide a todos los Estados que examinen todas las propuestas pertinentes, incluidas las que figuran en las resoluciones de la Asamblea General sobre el establecimiento de zonas libres de armas nucleares en el Oriente Medio y en Asia meridional; 4. Convencida del importante papel que cumplen las zonas libres de armas nucleares para fortalecer el régimen de no proliferación de dichas armas y para aumentar el número de regiones del mundo libres de armas nucleares y, con particular atención a las responsabilidades de los Estados poseedores de armas nucleares, pide a todos los Estados que apoyen el proceso de desarme nuclear y que se esfuercen por lograr la eliminación total de todas las armas nucleares; 5. Exhorta a los Estados partes en los tratados de Tlatelolco, Rarotonga, Bangkok y Pelindaba y a los Estados signatarios a que, con el fin de lograr los objetivos comunes previstos en tales tratados y de consolidar la condición de zona libre de armas nucleares del hemisferio Sur y las áreas adyacentes, examinen y _______________ 17 Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 634, No. 9068. Véase Anuario de Desarme de las Naciones Unidas, vol. 10: 1985 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.86.IX.7), apéndice VII. 19 Tratado sobre el establecimiento de una zona libre de armas nucleares en Asia sudoriental. 20 A/50/426, anexo. 21 Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 402, No. 5778. 22 Véase El Derecho del Mar: textos oficiales de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar, de 10 de diciembre de 1982, y del Acuerdo relativo a la aplicación de la Parte XI de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982, con un índice temático y pasajes del Acta Final de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.97.V.10). 18 10

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