A/RES/56/24
proporcione información sobre los progresos que se hayan alcanzado en las
negociaciones el particular;
6.
Toma nota de la resolución CM/Res.1356 (LIV) de 1991, aprobada por el
Consejo de Ministros de la Organización de la Unidad Africana 36, sobre la
Convención de Bamako relativa a la prohibición de la importación de desechos
peligrosos a África y a la fiscalización de sus movimientos transfronterizos dentro de
África;
7.
Expresa la esperanza de que mediante la aplicación efectiva del Código
de Práctica sobre movimientos internacionales transfronterizos de desechos
radiactivos, aprobado por el Organismo Internacional de Energía Atómica, se proteja
mejor a todos los Estados del vertimiento de desechos radiactivos en sus territorios;
8.
Hace un llamamiento a todos los Estados Miembros que todavía no han
adoptado las medidas necesarias para adherirse a la Convención mixta sobre
seguridad en la gestión del combustible gastado y sobre seguridad en la gestión de
desechos radiactivos 34 a que lo hagan con tiempo suficiente para poder asistir a la
primera reunión de examen de las partes contratantes;
9.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo octavo
período de sesiones el tema titulado “Prohibición del vertimiento de desechos
radiactivos”.
68ª sesión plenaria
29 de noviembre de 2001
M
A PLICACIÓN DE LA C ONVENCIÓN SOBRE LA PROHIBICIÓN DEL EMPLEO ,
ALMACENAMIENTO , PRODUCCIÓN Y TRANSFERENCIA DE MINAS
ANTIPERSONAL Y SOBRE SU DESTRUCCIÓN
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 54/54 B, de 1° de diciembre de 1999, y 55/33 V, de
20 de noviembre de 2000,
Reafirmando su determinación de poner fin a los sufrimientos y de evitar las
víctimas que ocasionan las minas antipersonal, que matan o mutilan a cientos de
personas cada semana, en su mayoría civiles inocentes e indefensos, especialmente
niños, obstaculizan el desarrollo económico y la reconstrucción, impiden la
repatriación de los refugiados y de las personas desplazadas en el interior del país y
tienen otras consecuencias graves durante muchos años después de su emplazamiento,
Considerando necesario que se haga todo lo posible para contribuir de manera
eficaz y coordinada a la difícil tarea de remover las minas antipersonal emplazadas en
el mundo y de asegurar su destrucción,
Deseosa de hacer todo lo posible a fin de prestar asistencia para atender y rehabilitar
a las víctimas de las minas, e incluso lograr su reintegración social y económica,
Acogiendo con satisfacción la entrada en vigor, el 1° de marzo de 1999, de la
Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y
_______________
36
18
Véase A/46/390, anexo I.
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