A/RES/56/132
8.
Reafirma también que el seguimiento de la Cuarta Conferencia Mundial
sobre la Mujer y el vigésimo tercer período extraordinario de sesiones se hará en el
marco de un seguimiento integrado y coordinado de las principales conferencias y
cumbres internacionales en las esferas económica y social y esferas conexas y, a ese
respecto, toma nota de la resolución 2001/21 del Consejo Económico y Social, de
26 de julio de 2001, sobre la aplicación y seguimiento integrados y coordinados de
los resultados de las principales conferencias y cumbres de las Naciones Unidas;
9.
Pide al Consejo Económico y Social que intensifique aún más su labor para
que la incorporación de la perspectiva de género sea parte integrante de todas las
actividades de las Naciones Unidas, basándose en las conclusiones convenidas 1997/2
aprobadas por el Consejo el 18 de julio de 1997 4;
10. Invita al Consejo a que siga promoviendo la coordinación de la política y
la cooperación interinstitucional con miras a lograr los objetivos de la Plataforma de
Acción de Beijing y los resultados del vigésimo tercer período extraordinario de
sesiones, incluso considerando la posibilidad de dedicar una serie de sesiones del
Consejo concretamente al adelanto de la mujer y la aplicación de los mencionados
documentos, e incorporando una perspectiva de género en toda su labor;
11. Alienta al Consejo a que pida a las comisiones regionales que, sin
exceder sus respectivos mandatos y recursos, hagan lo posible por establecer una
base de datos, que se actualizaría periódicamente, en la que figuren todos los
programas y proyectos ejecutados en sus respectivas regiones por organismos u
organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, y que faciliten su divulgación,
así como la evaluación de sus efectos en el empeño de dar poder a la mujer
mediante la aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing;
12. Reafirma que cabe a la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la
Mujer un papel central en la tarea de ayudar al Consejo a vigilar y evaluar los logros
alcanzados y agilizar, dentro del sistema de las Naciones Unidas, la aplicación de la
Plataforma de Acción de Beijing y de los resultados del vigésimo tercer período
extraordinario de sesiones, así como asesorar al Consejo al respecto, alienta a la
Comisión, a este respecto, a que mejore aún más sus métodos de trabajo con el fin
de hacer más eficaces su labor y su papel catalizador en la incorporación de una
perspectiva de género en las actividades de las Naciones Unidas, tomando en
consideración la aprobación por el Consejo del programa de trabajo multianual de la
Comisión para el período 2002-200610, y exhorta a la Comisión, y a todas las entidades
participantes, a que apliquen el programa del trabajo;
13. Reconoce la importancia que tiene la supervisión regional y subregional de
las plataformas mundiales y regionales de acción y de la aplicación de los resultados
del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones por las comisiones regionales y
otras estructuras regionales o subregionales, de conformidad con sus respectivos
mandatos y en consulta con los gobiernos, y exhorta a promover a ese respecto una
mayor cooperación entre gobiernos y, cuando proceda, mecanismos nacionales de
una misma región;
14. Reafirma que, a fin de aplicar la Plataforma de Acción de Beijing y los
resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones, será necesario
movilizar un volumen suficiente de recursos en los planos nacional e internacional, así
como recursos nuevos y adicionales para los países en desarrollo, especialmente los
_______________
10
4
Véase la resolución 2001/4 del Consejo Económico y Social.
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