A/RES/56/132
países de África y los países menos adelantados, procedentes de todos los mecanismos
de financiación disponibles, entre ellos fuentes multilaterales, bilaterales y privadas;
15. Reconoce que la aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing y de los
resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones en los países con
economías en transición requiere una acción nacional sostenida, así como la
cooperación y asistencia internacionales;
16. Reafirma que, para aplicar la Plataforma de Acción de Beijing y los
resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones, tal vez haya que
reformular normas y reasignar recursos, pero que algunos de esos cambios no
tendrán necesariamente consecuencias financieras;
17. Reconoce que la creación de un entorno favorable en los planos nacional e
internacional, incluso mediante la plena participación de la mujer en todos los niveles
de adopción de decisiones, es necesaria para garantizar su plena participación en las
actividades económicas, y exhorta a los Estados a que eliminen los obstáculos que se
oponen a la aplicación plena de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing y
de los resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones;
18. Reafirma que, a los efectos de la consecución efectiva de los objetivos
estratégicos de la Plataforma de Acción de Beijing y los resultados del vigésimo
tercer período extraordinario de sesiones, el sistema de las Naciones Unidas debe
promover una política activa y visible de incorporación de una perspectiva de
género, incluso mediante la labor de la Asesora Especial en Cuestiones de Género y
Adelanto de la Mujer y el mantenimiento de dependencias y centros relacionados
con las cuestiones de género;
19. Reafirma asimismo que cabe a los órganos de las Naciones Unidas que
prestan especial atención a las cuestiones de género, como el Fondo de Población de
las Naciones Unidas, el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer y
el Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitación para la Promoción de la
Mujer, una importante función en la consecución de los objetivos de la Declaración
y la Plataforma de Acción de Beijing y de los resultados del vigésimo tercer período
extraordinario de sesiones;
20. Acoge con beneplácito la convocación, en 2002, de la Conferencia
Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, que se celebrará en
Monterrey (México), de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, que se
celebrará en Johannesburgo (Sudáfrica), de la Segunda Asamblea Mundial sobre el
Envejecimiento, que se celebrará en Madrid, y de su período extraordinario de
sesiones sobre la infancia, e insta a los gobiernos a que incorporen una perspectiva
de género en los procesos y documentos finales de esas reuniones;
21. Expresa su reconocimiento por las actividades que realizan todas las
organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas para promover el
papel de la mujer en la prevención y solución de conflictos;
22. Reconoce el importante papel de la mujer en la prevención y solución de
conflictos y en la consolidación de la paz, la importancia de su participación plena y
en condiciones de igualdad en todas las actividades encaminadas al mantenimiento y
la promoción de la paz y la seguridad, así como la necesidad de darle un papel mayor
en la adopción de decisiones relativas a la prevención y solución de conflictos, e insta
al sistema de las Naciones Unidas y a los gobiernos a intensificar sus esfuerzos a este
respecto, y adoptar medidas encaminadas a garantizar y apoyar la plena participación
de la mujer en todos los niveles de la adopción de decisiones y la aplicación en las
actividades de desarrollo y los procesos de paz, con inclusión de la prevención y
solución de conflictos, la reconstrucción después de conflictos, el establecimiento, el
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