A/RES/57/152
el Desarrollo destinados a fortalecer la coordinación de sus actividades en el ámbito
de la prevención, la mitigación y la gestión en casos de desastre,
Subrayando la importancia de aumentar el grado de conciencia de los países en
desarrollo acerca de la capacidad existente en los planos nacional, regional e
internacional que podría desplegarse para asistirlos,
Subrayando también la importancia de la cooperación internacional en apoyo
de los esfuerzos de los Estados afectados para hacer frente a los desastres naturales
en todas sus etapas, incluidas la prevención, la preparación, la mitigación y la
recuperación y reconstrucción, y del fortalecimiento de la capacidad de respuesta de
los países afectados,
Acogiendo con beneplácito los esfuerzos de los Estados Miembros, facilitados
por la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios y en cooperación con el
Grupo Consultivo Internacional de Operaciones de Búsqueda y Salvamento, a fin de
mejorar la eficiencia y la eficacia de la asistencia internacional a las operaciones de
búsqueda y salvamento en zonas urbanas y, en este contexto, señala su resolución
57/150, de 16 de diciembre de 2002, titulada “Fortalecimiento de la eficacia y la
coordinación de la asistencia internacional a las operaciones de búsqueda y
salvamento en zonas urbanas”,
Consciente de los efectos que la insuficiencia de recursos puede tener en la
preparación para los desastres naturales y la respuesta a ellos,
1.
Toma nota de los informes del Secretario General titulados “Cooperación
internacional para la asistencia humanitaria en casos de desastres naturales: desde el
socorro hasta el desarrollo” 2 y “Fortalecimiento de la coordinación de la asistencia
humanitaria de emergencia de las Naciones Unidas” 3;
2.
Expresa su profunda preocupación por el número y la escala de los
desastres naturales y sus efectos cada vez mayores, que provocan pérdidas masivas
de vidas y bienes en todo el mundo, en particular en las sociedades vulnerables que
carecen de capacidad suficiente para mitigar en forma efectiva las consecuencias
negativas a largo plazo de los desastres naturales en los planos social, económico y
ambiental;
3.
Exhorta a los Estados a que adopten, en caso necesario, y sigan aplicando
efectivamente las medidas legislativas y otras medidas correspondientes que se
requieran para mitigar los efectos de los desastres naturales, mediante, entre otras
cosas, la prevención de desastres, incluida la reglamentación de la construcción y la
utilización adecuada de la tierra, así como la preparación para los casos de desastre
y la creación de una capacidad de respuesta ante los desastres y su mitigación, y
pide a la comunidad internacional que siga prestando asistencia a los países en
desarrollo a este respecto, según proceda;
4.
Subraya, en ese contexto, la importancia de fortalecer la cooperación
internacional, en particular utilizando efectivamente los mecanismos multilaterales,
en la prestación de asistencia humanitaria para todas las etapas de un desastre, desde
el socorro y la mitigación hasta el desarrollo, mediante, entre otras cosas, la
asignación de recursos suficientes;
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A/57/578.
A/57/77-E/2002/63.
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