Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil
Internacional sobre la labor realizada en su 47º período de sesiones
A/RES/69/115
para concienciar sobre la disponibilidad y utilidad del sistema CLOUT en los
círculos profesionales, académicos y del poder judicial y obtener la financiación
necesaria para coordinar y ampliar el sistema y establecer, en la secretaría de la
Comisión, un pilar centrado en la promoción de mecanismos para la interpretación
uniforme de sus textos;
19. Destaca la importancia de promover la utilización de los textos
dimanantes de la labor de la Comisión para la unificación y armonización a nivel
mundial del derecho mercantil internacional y, a tal fin, insta a los Estados que aún
no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de firmar o ratificar los convenios
y convenciones o adherirse a ellos, incorporar las leyes modelo al derecho interno y
alentar la utilización de otros textos pertinentes;
20. Acoge con beneplácito la labor sostenida de la Secretaría en la
preparación de compilaciones de jurisprudencia relativa a los textos de la Comisión,
incluida su amplia difusión, así como el aumento constante del número de
resúmenes disponibles en el sistema CLOUT, habida cuenta de la función que
desempeñan las compilaciones y el sistema CLOUT como instrumentos importantes
para promover la interpretación uniforme del derecho mercantil internacional, en
particular fomentando la capacidad local de los jueces, árbitros y otros profesionales
del derecho para interpretar esas normas a la luz de su carácter internacional y de la
necesidad de promover la uniformidad en su aplicación y la observancia de la buena
fe en el comercio internacional;
21. Recuerda sus resoluciones en las que afirma la importancia que reviste
disponer de sitios web de las Naciones Unidas de alta calidad, de fácil uso y
eficaces en función de los costos, y la necesidad de su desarrollo, mantenimiento y
enriquecimiento en varios idiomas15, encomia que el sitio web de la Comisión se
publique en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas y acoge con
beneplácito los constantes esfuerzos de la Comisión por mantenerlo y mejorarlo, en
particular mediante el desarrollo de nuevas funciones de medios sociales, de
conformidad con las directrices aplicables16.
68ª sesión plenaria
10 de diciembre de 2014
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15
Resoluciones 52/214, secc. C, párr. 3; 55/222, secc. III, párr. 12; 56/64 B, secc. X; 57/130 B, secc. X;
58/101 B, secc. V, párrs. 61 a 76; 59/126 B, secc. V, párrs. 76 a 95; 60/109 B, secc. IV, párrs. 66 a 80; y
61/121 B, secc. IV, párrs. 65 a 77.
16
Resolución 63/120, párr. 20.
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