A/RES/61/30
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
18 de diciembre de 2006
Sexagésimo primer período de sesiones
Tema 75 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 4 de diciembre de 2006
[sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/61/451)]
61/30. Situación de los Protocolos adicionales a los Convenios
de Ginebra de 1949 relativos a la protección de las
víctimas de los conflictos armados
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 32/44, de 8 de diciembre de 1977, 34/51, de
23 de noviembre de 1979, 37/116, de 16 de diciembre de 1982, 39/77, de 13 de
diciembre de 1984, 41/72, de 3 de diciembre de 1986, 43/161, de 9 de diciembre
de 1988, 45/38, de 28 de noviembre de 1990, 47/30, de 25 de noviembre de 1992,
49/48, de 9 de diciembre de 1994, 51/155, de 16 de diciembre de 1996, 53/96, de
8 de diciembre de 1998, 55/148, de 12 de diciembre de 2000, 57/14, de 19 de
noviembre de 2002, y 59/36, de 2 de diciembre de 2004,
Habiendo examinado el informe del Secretario General 1,
Agradeciendo a los Estados Miembros y al Comité Internacional de la Cruz
Roja sus contribuciones al informe del Secretario General,
Reafirmando el valor inalterable de las normas humanitarias establecidas con
respecto a los conflictos armados y la necesidad de respetar y de hacer que se
respeten dichas normas en todas las circunstancias que correspondan al ámbito de
aplicación de los instrumentos internacionales pertinentes, hasta que se logre la más
pronta conclusión posible de esos conflictos,
Subrayando la posibilidad de recurrir, en relación con un conflicto armado,
a la Comisión Internacional Humanitaria de Encuesta, de conformidad con el
artículo 90 del Protocolo I 2 a los Convenios de Ginebra de 1949 3,
Subrayando también la posibilidad de que la Comisión Internacional
Humanitaria de Encuesta facilite, mediante sus buenos oficios, el restablecimiento
de una actitud de respeto a los Convenios de Ginebra y al Protocolo I,
Subrayando además la necesidad de consolidar el régimen existente de
derecho internacional humanitario mediante su aceptación universal y de que ese
_______________
1
A/61/222 y Add.1.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1125, No. 17512.
3
Ibíd., vol. 75, Nos. 970 a 973.
2
06-49626
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