A/RES/52/85
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propuestas de proyectos dirigidos a reforzar la capacidad nacional y regional y crear la experiencia
necesaria para la prevención y represión de la delincuencia transnacional organizada y del blanqueo de
dinero que elabore y les presente el Centro de Prevención del Delito Internacional de la Secretaría;
9. Pide al Secretario General que prosiga su labor respecto del fondo central de información
establecido de conformidad con la resolución 1996/27 del Consejo Económico y Social con miras a
aumentar, mantener y actualizar los datos y demás información recogidos en dicho fondo y poner dicha
información a disposición de los Estados y que continúe recopilando información y material a este fin
teniendo en cuenta los puntos metodológicos y la categorización de los datos que se enumeran en el
anexo II de la resolución 1997/22 del Consejo Económico y Social, incluidos los textos legislativos y
reglamentarios destinados a prevenir y combatir la delincuencia transnacional organizada, así como los
informes sobre medidas preventivas;
10. Exhorta a todos los Estados y a las organizaciones internacionales pertinentes, así como a los
institutos asociados y afiliados de las Naciones Unidas, a que colaboren con el Secretario General en la
aplicación del párrafo 9 supra mediante el suministro de datos y demás información, así como de textos
legislativos y reglamentarios, y a que mantengan actualizados esos datos;
11. Pide al Secretario General que continúe prestando, a los Estados que lo soliciten, servicios de
asesoramiento y otras formas de asistencia en la esfera de la prevención y lucha contra la delincuencia
transnacional organizada;
12. Pide también al Secretario General que ayude a los Estados a recopilar y sistematizar datos y
demás información sobre la incidencia, las dimensiones y las formas de la delincuencia transnacional
organizada y que a ese fin prepare y realice un estudio comparativo de la situación de la delincuencia
transnacional organizada en el mundo;
13. Pide además al Secretario General que examine los datos presentados al fondo central y los tenga
en cuenta en la elaboración de una legislación modelo de lucha contra la delincuencia transnacional
organizada, así como una serie de manuales técnicos para el personal judicial y el personal encargado de
hacer cumplir la ley y para los organismos dedicados a actividades preventivas;
14. Decide establecer un grupo intergubernamental de expertos entre períodos de sesiones y abierto,
financiado dentro de los límites de los recursos existentes o, de ser posible, con cargo a los recursos
extrapresupuestarios que se alleguen, con el fin de elaborar un anteproyecto de convenio internacional
amplio de lucha contra la delincuencia transnacional organizada, con miras a presentar un informe a la
Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal en su séptimo período de sesiones;
15. Acoge con beneplácito la generosa oferta del Gobierno de Polonia de organizar y dar acogida
a una reunión del grupo intergubernamental de expertos;
16. Pide al grupo intergubernamental de expertos que, al elaborar ese anteproyecto:
a) Tenga en cuenta los instrumentos multilaterales existentes, el proyecto de convenio marco de las
Naciones Unidas contra la delincuencia organizada presentado por el Gobierno de Polonia a la Asamblea
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