Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/57/295
Distr. general
4 de marzo de 2003
Quincuagésimo séptimo período de sesiones
Tema 32 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/57/L.71 y Add.1)]
57/295. Tecnologías de la información y las comunicaciones en
el desarrollo
La Asamblea General,
Recordando la Declaración del Milenio, aprobada por los Jefes de Estado y de
Gobierno en la Cumbre del Milenio el 8 de septiembre de 2000 1, por la cual los
Estados Miembros resolvieron velar por que todos pudieran aprovechar los
beneficios de las nuevas tecnologías, en particular de las tecnologías de la
información y las comunicaciones, conforme a las recomendaciones formuladas en
la declaración ministerial de la serie de sesiones de alto nivel del período de
sesiones sustantivo de 2000 del Consejo Económico y Social aprobada el 7 de julio
de 2000 2,
Recordando también que en la declaración ministerial se exhortaba a la
adopción de una estrategia coherente de todo el sistema sobre tecnologías de la
información y las comunicaciones, que asegurara la coordinación y sinergia entre
los programas y actividades de las diversas organizaciones del sistema y lo
transformara en un sistema de organizaciones basado en el conocimiento,
Teniendo presente su resolución 57/238, de 20 de diciembre de 2002, sobre la
Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, por la cual instó a todos
los organismos de las Naciones Unidas y otras organizaciones intergubernamentales,
incluidas las instituciones internacionales y regionales, a aumentar su cooperación
en el proceso preparatorio de la Cumbre y su apoyo a éste,
Señalando que las tecnologías de la información y las comunicaciones para el
desarrollo han sido reconocidas como un elemento importante de las conclusiones
de las conferencias y cumbres recientes de las Naciones Unidas,
1.
Afirma la necesidad de usar las tecnologías de la información y las
comunicaciones como instrumento estratégico para aumentar la eficiencia, la
eficacia y el efecto de los programas de desarrollo y las actividades de cooperación
técnica del sistema de las Naciones Unidas;
_______________
1
Véase resolución 55/2.
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo quinto período de sesiones,
Suplemento No. 3 (A/55/3/Rev.1), cap. III, párr. 17.
2
02 56102
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