Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/56/257
Distr. general
12 de febrero de 2002
Quincuagésimo sexto período de sesiones
Tema 123 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/56/736)]
56/257. Fondo de operaciones para el bienio 2002-2003
La Asamblea General
Resuelve que:
1.
El Fondo de Operaciones para el bienio 2002-2003 se fije en 100 millones de
dólares de los Estados Unidos;
2.
Los Estados Miembros efectúen anticipos al Fondo de Operaciones con arreglo
a la escala aprobada por la Asamblea General para las cuotas de los Estados Miembros
correspondientes al presupuesto del año 2002;
3.
De esta asignación de anticipos se deduzcan:
a)
Los saldos acreedores de los Estados Miembros por concepto de transferencias
efectuadas en 1959 y 1960 de la cuenta de superávit al Fondo de Operaciones por un
importe ajustado de 1.025.092 dólares;
b)
Los anticipos en efectivo efectuados por los Estados Miembros al Fondo de
Operaciones para el bienio 2000-2001 de conformidad con la resolución 54/253 de la
Asamblea General, de 23 de diciembre de 1999;
4.
Si los saldos acreedores y los anticipos de un Estado Miembro al Fondo de
Operaciones para el bienio 2000-2001 excedieran del monto del anticipo que ese Estado
Miembro debe efectuar con arreglo a las disposiciones del párrafo 2 supra, el excedente se
deduzca del monto de las cuotas pagaderas por el Estado Miembro con respecto al bienio
2002-2003;
5.
El Secretario General queda autorizado para anticipar con cargo al Fondo de
Operaciones:
a)
Las sumas necesarias para financiar las consignaciones presupuestarias hasta
que se recauden las cuotas; las sumas anticipadas serán reembolsadas tan pronto como se
disponga para ese fin de ingresos procedentes de las cuotas;
b)
Las sumas necesarias para financiar los compromisos de gastos debidamente
autorizados en virtud de las resoluciones aprobadas por la Asamblea General, en particular
la resolución 56/256, de 24 de diciembre de 2001, relativa a los gastos imprevistos y
extraordinarios; el Secretario General incluirá en las estimaciones presupuestarias las
partidas necesarias para la restitución de esas sumas al Fondo de Operaciones;
01 49733
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