A/RES/60/107 territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén oriental y sus alrededores, y su régimen asociado contravienen el derecho internacional, Recordando el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 6, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales6 y la Convención sobre los Derechos del Niño 7, y afirmando que esos instrumentos de derechos humanos deben ser respetados en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén oriental, Consciente de la responsabilidad que incumbe a la comunidad internacional de promover los derechos humanos y asegurar el respeto del derecho internacional, y recordando a ese respecto su resolución 2625 (XXV), de 24 de octubre de 1970, Reafirmando el principio de la inadmisibilidad de la adquisición de territorio por la fuerza, Reafirmando también que el Convenio de Ginebra relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra, de 12 de agosto de 1949 8, es aplicable al territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén oriental, y a los demás territorios árabes ocupados por Israel desde 1967, Reafirmando además la obligación que impone a los Estados Partes el Cuarto Convenio de Ginebra8 , en virtud de sus artículos 146, 147 y 148, con respecto a sanciones penales, infracciones graves y responsabilidades de las Altas Partes Contratantes, Reafirmando que todos los Estados tienen el derecho y el deber de adoptar medidas de conformidad con el derecho internacional y el derecho internacional humanitario para reprimir los actos de violencia mortífera cometidos contra su población civil a fin de proteger la vida de sus ciudadanos, Destacando la necesidad de que se cumplan cabalmente los acuerdos concertados entre Israel y Palestina en el marco del proceso de paz del Oriente Medio, incluido el memorando de entendimiento de Sharm el-Sheik, y de que se aplique la hoja de ruta del Cuarteto para avanzar hacia una solución permanente del conflicto israelo-palestino en que se prevean dos Estados 9, Reconociendo la importancia de la retirada de Israel de la Franja de Gaza y de partes de la zona septentrional de la Ribera Occidental, así como del desmantelamiento de los asentamientos allí ubicados, como medida para aplicar la hoja de ruta, Expresando su grave preocupación porque Israel, la Potencia ocupante, siga cometiendo violaciones sistemáticas de los derechos humanos del pueblo palestino, en particular mediante el uso excesivo de la fuerza, los castigos colectivos, la reocupación y el cierre de zonas, la confiscación de tierras, la construcción y ampliación de asentamientos, la construcción de un muro en el territorio palestino ocupado que se aparta de la línea del Armisticio de 1949, la destrucción de bienes y todas las demás medidas que sigue adoptando con objeto de alterar la condición jurídica, el carácter geográfico y la composición demográfica del territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén oriental, _______________ 6 Véase resolución 2200 A (XXI), anexo. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, No. 27531. 8 Ibíd., vol. 75, No. 973. 9 S/2003/529, anexo. 7 2

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents