A/HRC/RES/58/12
financiación para el clima, la deuda, la tributación y los flujos financieros ilícitos y los
derechos humanos”2;
2.
Invita a la Experta Independiente a que, de conformidad con su mandato, preste
la debida atención al impacto de todas las obligaciones financieras internacionales en los
grupos que viven por debajo del umbral de la pobreza, incluidas las mujeres, los jóvenes, los
niños, las personas con discapacidad, los Pueblos Indígenas, los migrantes y las personas
pertenecientes a minorías nacionales, étnicas, religiosas y lingüísticas que sufren
desigualdades socioeconómicas y discriminación;
3.
Reconoce que los países en desarrollo necesitan un apoyo masivo de liquidez
y financiación para hacer frente a las consecuencias de la pandemia de COVID-19 y a sus
repercusiones en la economía y en todos los derechos humanos debido a los problemas que
se plantean en las esferas de la atención de la salud, la educación, el empleo y los sistemas
de protección social, así como a la pesada carga de la deuda y al deterioro de la situación
económica;
4.
Recuerda que todo Estado tiene la responsabilidad primordial de promover el
desarrollo económico, social y cultural de su población y, a tal efecto, tiene el derecho y la
obligación de elegir sus objetivos y medios de desarrollo y no debe verse condicionado por
fórmulas específicas de política económica externas;
5.
Reconoce que el alivio de la deuda puede resultar fundamental para liberar
recursos y encauzarlos hacia actividades que promuevan el crecimiento y el desarrollo
sostenibles y la efectividad de los derechos humanos, como la reducción de la pobreza y la
consecución de los objetivos de desarrollo, entre ellos los establecidos en la Agenda 2030
para el Desarrollo Sostenible, y que, por lo tanto, debe recurrirse, con vigor y rapidez, a
medidas de alivio de la deuda, cuando proceda, velando por que no reemplacen a otras fuentes
de financiación y por que vayan acompañadas de un aumento de la asistencia oficial para el
desarrollo;
6.
Pide que se reforme la arquitectura financiera internacional como un paso
importante para resolver el problema de la deuda y de la sostenibilidad de la deuda y
movilizar financiación adicional para el desarrollo sostenible, en particular en los países en
desarrollo, así como para reducir las desigualdades y permitir que los Estados prioricen la
movilización y asignación de recursos destinados a aplicar los derechos económicos, sociales
y culturales;
7.
Destaca que los programas económicos derivados del alivio y la cancelación
de la deuda externa no han de reproducir políticas anteriores de ajuste estructural que han
repercutido negativamente en el ejercicio efectivo de los derechos humanos, incluido el
derecho al desarrollo, como las exigencias dogmáticas de privatización y reducción de los
servicios públicos;
8.
Insta a los Estados, las instituciones financieras internacionales y el sector
privado a que tomen urgentemente medidas para aliviar el problema de la deuda y abordar la
sostenibilidad de la deuda de los países en desarrollo, de manera que puedan liberarse más
recursos financieros y dedicarse a la salud, la educación, el saneamiento, los servicios
públicos, la protección social y el ejercicio efectivo de otros derechos económicos y sociales
en los países afectados;
9.
Reitera su opinión de que, para encontrar una solución duradera al problema
de la deuda y para estudiar cualquier mecanismo nuevo para resolver dicho problema, es
necesario un diálogo político amplio entre los países deudores y acreedores y las instituciones
financieras multilaterales, dentro del sistema de las Naciones Unidas, sobre la base del
principio de los intereses y responsabilidades comunes, así como la voluntad política de todas
las partes interesadas;
10.
Solicita al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos que preste más atención al problema de la carga de la deuda de los países en
desarrollo, en particular los países menos adelantados, y especialmente a las repercusiones
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GE.25-05421