A/HRC/RES/37/13 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 9 de abril de 2018 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 37º período de sesiones 26 de febrero a 23 de marzo de 2018 Tema 3 de la agenda Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 22 de marzo de 2018 37/13. Cuestión del ejercicio efectivo, en todos los países, de los derechos económicos, sociales y culturales El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los principios relativos a los derechos económicos, sociales y culturales consagrados en los instrumentos internacionales de derechos humanos, entre ellos la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Recordando que en la Declaración y el Programa de Acción de Viena, el Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 y la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo de 2006, por la que la Asamblea creó el Consejo de Derechos Humanos, se afirma que todos los derechos humanos son universales e indivisibles, están relacionados entre sí, son interdependientes y se refuerzan mutuamente, y deben tratarse de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y asignándoles a todos el mismo peso, y recordando también que el respeto, la promoción y la protección de una categoría de derechos nunca debe eximir a los Estados del respeto, la promoción y protección de los demás derechos, Recordando también la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas, en la que los Jefes de Estado y de Gobierno afirmaron su compromiso de no escatimar esfuerzo alguno por promover la democracia y fortalecer el estado de derecho, así como la paz, el desarrollo y el respeto de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales internacionalmente reconocidos, incluido el derecho al desarrollo, y creyendo que es necesario realizar esfuerzos amplios y sostenidos para construir una comunidad de futuro compartido para todos los seres humanos en la que la persona humana sea el sujeto central de los derechos humanos y las libertades fundamentales, Reafirmando la resolución 70/1 de la Asamblea General, de 25 de septiembre de 2015, titulada “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, en que la Asamblea adoptó un amplio conjunto de Objetivos de Desarrollo Sostenible y metas conexas universales y transformativos, de gran alcance y centrados en las personas, con el compromiso de trabajar sin descanso a fin de conseguir la plena implementación de la Agenda desde ese momento hasta 2030, con el reconocimiento de que la erradicación de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, era el mayor desafío a que se enfrentaba el mundo y constituía un requisito indispensable para el desarrollo sostenible, con el compromiso de lograr el desarrollo sostenible en sus tres dimensiones —económica, social y ambiental— de forma equilibrada e integrada, de GE.18-05520 (S) 230418  240418

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