A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/68
31 de enero de 1997
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 103 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/51/612)]
51/68.
Convención sobre la eliminación de todas las
formas de discriminación contra la mujer
La Asamblea General,
Teniendo presente que uno de los propósitos de las Naciones Unidas,
consignado en los Artículos 1 y 55 de la Carta, es fomentar el respeto
universal de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos sin
distinción de ninguna especie, incluida la distinción por motivos de sexo,
Afirmando que las mujeres y los hombres deben participar en pie de
igualdad en el desarrollo social, económico y político, deben contribuir por
igual a ese desarrollo y deben beneficiarse por igual del mejoramiento de las
condiciones de vida,
Recordando que en la Declaración y el Programa de Acción de Viena que
aprobó la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 19931, se
reafirma que los derechos humanos de las mujeres y las niñas son parte
inalienable, íntegra e indivisible de los derechos humanos universales,
Acogiendo con beneplácito el constante aumento del número de Estados
partes en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer2, que suman ahora 154,
1
A/CONF.157/24 (Part I), cap. III.
2
Resolución 34/80, anexo.
97-76396
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