A/RES/56/155
Reafirmando que un entorno político, social y económico pacífico, estable y
propicio, tanto en el plano nacional como en el internacional, constituye la base
fundamental que permitirá a los Estados atribuir la debida prioridad a la seguridad
alimentaria y a la erradicación de la pobreza,
Reiterando, como se hizo en la Declaración de Roma, que los alimentos no
deben utilizarse como instrumento de presión política y económica, y reafirmando a
este respecto la importancia de la cooperación y la solidaridad internacionales, así
como la necesidad de abstenerse de aplicar medidas unilaterales que no estén en
consonancia con el derecho internacional y con la Carta de las Naciones Unidas y
que pongan en peligro la seguridad alimentaria,
Convencida de que cada Estado debe adoptar una estrategia acorde con sus
recursos y capacidades para lograr sus objetivos individuales al aplicar las
recomendaciones contenidas en la Declaración de Roma y el Plan de Acción de
Roma de la Cumbre Mundial y, al mismo tiempo, cooperar a nivel regional e
internacional para estructurar soluciones colectivas a los problemas mundiales de
seguridad alimentaria en un mundo en que las instituciones, las sociedades y las
economías cada vez están más relacionadas entre sí y donde es esencial que se
coordinen los esfuerzos y se compartan las responsabilidades,
Destacando la importancia de invertir la tendencia a la disminución de la
asistencia oficial para el desarrollo dedicada a la agricultura, en términos reales y
como parte del total de la asistencia oficial para el desarrollo,
1.
Reafirma que el hambre constituye una ignominia y vulnera la dignidad
humana y, en consecuencia, requiere la adopción de medidas urgentes a nivel
nacional, regional e internacional para eliminarlo;
2.
Reafirma también el derecho de todos a tener acceso a alimentos sanos y
nutritivos, en consonancia con el derecho a una alimentación apropiada y con el
derecho fundamental de toda persona a no padecer hambre, a fin de poder
desarrollar y mantener plenamente su capacidad física y mental;
3.
Considera intolerable que 826 millones de personas de todo el mundo, en
su mayoría mujeres y niños, y en particular de los países en desarrollo, no dispongan
de alimentos suficientes para satisfacer sus necesidades nutricionales básicas, lo que
vulnera sus derechos humanos fundamentales y, al mismo tiempo, puede generar
nuevas presiones sobre el medio ambiente en zonas ecológicamente frágiles;
4.
Alienta a todos los Estados a tomar medidas para lograr gradualmente la
plena realización del derecho a la alimentación, entre otras, medidas encaminadas a
promover las condiciones necesarias para que nadie padezca hambre y todos
disfruten cuanto antes del derecho a la alimentación, así como para elaborar y
adoptar planes nacionales de lucha contra el hambre;
5.
Subraya la necesidad de desplegar esfuerzos para movilizar recursos
técnicos y financieros de todas las fuentes, incluido el alivio de la deuda externa de
los países en desarrollo, y asignarlos y utilizarlos con la máxima eficiencia, así
como para reforzar las medidas nacionales de aplicación de políticas sostenibles de
seguridad alimentaria;
6.
Insta a los Estados a que en sus estrategias de desarrollo y en sus gastos
den prioridad adecuada a la realización del derecho a la alimentación;
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