A/RES/67/42 Naciones Unidas Distr. general 4 de enero de 2013 Asamblea General Sexagésimo séptimo período de sesiones Tema 94 l) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 3 de diciembre de 2012 [sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/67/409)] 67/42. Código de Conducta de La Haya contra la Proliferación de los Misiles Balísticos La Asamblea General, Preocupada por los problemas de seguridad regional y mundial cada vez mayores que causa, entre otras cosas, la constante proliferación de misiles balísticos capaces de transportar armas de destrucción en masa, Teniendo presentes los propósitos y principios de las Naciones Unidas y su función y responsabilidad en la esfera de la paz y la seguridad internacionales de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, Poniendo de relieve la importancia, como contribución a la paz y la seguridad internacionales, de los esfuerzos regionales e internacionales por prevenir y reducir de manera amplia la proliferación de sistemas de misiles balísticos capaces de transportar armas de destrucción en masa, Acogiendo con beneplácito la aprobación del Código de Conducta de La Haya contra la Proliferación de los Misiles Balísticos el 25 de noviembre de 2002 en La Haya 1, y convencida de que el Código de Conducta contribuirá a aumentar la transparencia y la confianza entre los Estados, Recordando sus resoluciones 59/91, de 3 de diciembre de 2004, 60/62, de 8 de diciembre de 2005, 63/64, de 2 de diciembre de 2008, y 65/73, de 8 de diciembre de 2010, tituladas “Código de Conducta de La Haya contra la Proliferación de Misiles Balísticos”, Recordando también que la proliferación de misiles balísticos capaces de transportar armas de destrucción en masa constituye una amenaza para la paz y la seguridad internacionales, como reconoció el Consejo de Seguridad en su resolución 1540 (2004), de 28 de abril de 2004, y resoluciones posteriores, Confirmando su adhesión a la Declaración sobre la cooperación internacional en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre en beneficio e interés de todos _______________ 1 A/57/724, apéndice. 12-48115S *1248115* Se ruega reciclar

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