Examen de la Estrategia Global de las
Naciones Unidas contra el Terrorismo
A/RES/72/284
interoperabilidad de la gestión de la seguridad y las consecuencias y la facilitación de
una interacción efectiva entre todos los interesados;
43. Expresa preocupación por el aumento, en algunas regiones, de los casos
de secuestro y toma de rehenes perpetrados por grupos terroristas con cualquier
propósito, como recaudar fondos u obtener concesiones políticas, observa que los
rescates que se pagan a los terroristas son una de las fuentes de financiación de sus
actividades, incluidos nuevos secuestros, exhorta a todos los Estados Miembros a que
impidan que los terroristas se beneficien del pago de rescates o de concesiones
políticas y a que aseguren la liberación de los rehenes en condiciones de seguridad,
de conformidad con las obligaciones jurídicas aplicables, y alienta a los Estados
Miembros a que cooperen, según proceda, durante los casos de secuestro y toma de
rehenes perpetrados por grupos terroristas;
44. Reconoce la necesidad de que se sigan adoptando medidas para prevenir y
reprimir la financiación del terrorismo, alienta a este respecto a las entidades de las
Naciones Unidas a que cooperen con los Estados Miembros y les sigan prestando
asistencia, cuando estos lo soliciten, en particular con el fin de ayudarlos a cumplir
plenamente sus obligaciones internacionales respectivas para combatir la
financiación del terrorismo, y alienta a los Estados Miembros a que sigan
desarrollando la capacidad de sus sistemas de supervisión y regulación financiera en
todo el mundo a fin de negar a los terroristas la oportunidad de recaudar fondos y
explotarlos, incluso cooperando con el sector privado en alianzas público -privadas
con instituciones financieras y teniendo en cuenta las evaluaciones al respecto de
entidades competentes como la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo;
45. Exhorta a los Estados Miembros a que colaboren con las instituciones
financieras nacionales y compartan información sobre riesgos de finan ciación del
terrorismo a fin de contextualizar mejor su labor de detección de posibles actividades
de financiación del terrorismo a través de múltiples autoridades y cauces, como los
organismos encargados de hacer cumplir la ley, los órganos de inteligenci a, los
servicios de seguridad y las unidades de inteligencia financiera, y exhorta también a
los Estados Miembros a que mejoren la integración y utilización de la inteligencia
financiera a fin de contrarrestar más eficazmente las amenazas en materia de
financiación del terrorismo;
46. Exhorta también a los Estados Miembros a que redoblen sus esfuerzos en
la lucha contra la financiación del terrorismo eliminando el anonimato de las
transacciones y localizando, detectando, sancionando y desmantelando efecti vamente
los transmisores de dinero ilegales y haciendo frente a los riesgos relacionados con la
utilización de dinero en efectivo, los sistemas informales de envío de remesas, las
tarjetas de crédito y débito de prepago, los criptoactivos y otros medios an ónimos de
realizar transacciones monetarias o financieras, y a que prevengan y afronten, según
proceda, el riesgo de que se usen indebidamente nuevos instrumentos financieros con
la finalidad de financiar el terrorismo;
47. Reconoce la importancia de que los Gobiernos compartan información a
nivel interno y con otros Gobiernos para combatir eficazmente la financiación del
terrorismo, exhorta a los Estados Miembros a que, de conformidad con la resolución
2368 (2017) del Consejo de Seguridad, de 20 de julio de 2017, sigan vigilando las
transacciones financieras pertinentes y mejorando la capacidad y las prácticas de
intercambio de información entre las instancias gubernamentales y entre los distintos
Gobiernos a través de múltiples autoridades y cauces, como los organismos
encargados de hacer cumplir la ley, los órganos de inteligencia, los servicios de
seguridad y las unidades de inteligencia financiera, y exhorta también a los Estados
Miembros a que mejoren la integración de la inteligencia financiera con información
de otra índole que obre en poder de los Gobiernos nacionales y la aprovechen a fin de
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