Llamamiento mundial para la adopción de medidas concretas para la
eliminación del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las
formas conexas de intolerancia y para la aplicación y el seguimiento
generales de la Declaración y el Programa de Acción de Durban
A/RES/78/234
25. Destaca que todas las personas, incluidas las personas y comunidades
afrodescendientes, deben poder participar de forma inclusiva y orientar la
formulación e implementación de procesos que contribuyan a detener, cambiar y
reparar las consecuencias duraderas y las manifestaciones actuales del racismo
sistémico, y reconoce especialmente el importante papel que los jóvenes han
desempeñado y deben seguir desempeñando en estos procesos;
26. Alienta a los Estados a que examinen el alcance y el impacto del racismo
sistémico y a que adopten medidas jurídicas, normativas e institucionales eficaces que
aborden el racismo como algo más que una suma de actos individualizados,
recomienda que los avances se midan según indicadores basados en el impacto y no
en la intención y pide además que se reconozca el impacto de la discriminación racial
y la desigualdad que experimentan los niños y los jóvenes afrodescendientes en todos
los ámbitos de la vida, como la administración de justicia, la aplicación de la ley, la
educación, la salud, la vida familiar y el desarrollo 17;
27. Acoge con beneplácito el establecimiento de un mecanismo internacional
de expertas y expertos independientes, integrado por tres especialistas en
cumplimiento de la ley y derechos humanos, cuyo objetivo es promover un cambio
transformador en favor de la justicia y la igualdad raciales en el contexto de las
fuerzas del orden en todo el mundo, especialmente en lo que respecta a los legados
del colonialismo y la trata transatlántica de esclavos en los africanos esclavizados,
investigar las respuestas de los Gobiernos a las protestas pacíficas contra el racismo
y todas las violaciones del derecho internacional de los derechos humanos, y
contribuir a la rendición de cuentas y a la reparación de las víctimas;
28. Solicita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Derechos Humanos y al Departamento de Comunicación Global de la Secretaría
que sigan llevando a cabo actividades de concienciación y campañas de información
pública en apoyo del Decenio Internacional de los Afrodescendientes utilizando las
redes sociales y medios digitales, incluida la distribución amplia de versiones fáciles
de usar, concisas y accesibles del material sobre el tema;
III
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos
29. Solicita al Secretario General y a la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos que proporcionen los recursos
necesarios para el pleno cumplimiento de los mandatos del Grupo de Trabajo
Intergubernamental sobre la Aplicación Efectiva de la Declaración y el Programa de
Acción de Durban, el Grupo de Trabajo de Expertos sobre los Afrodescendientes, el
Grupo de Eminentes Expertos Independientes sobre la Aplicación de la Declaración
y el Programa de Acción de Durban, el Comité Especial sobre la Elaboración de
Normas Complementarias y el Foro Permanente sobre los Afrodescendientes y, a este
respecto, que garanticen la participación de expertos en cada una de las sesiones de
esos mecanismos de seguimiento para que los asesoren sobre las cuest iones objeto de
debate y los ayuden en sus deliberaciones y en la aprobación de recomendaciones
orientadas a la acción relacionadas con la aplicación de la Declaración y el Programa
de Acción;
30. Recuerda las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 43/1 y
47/21, y recuerda también el informe de la Alta Comisionada de las Nacione s Unidas
para los Derechos Humanos sobre la promoción y la protección de los derechos
humanos y las libertades fundamentales de los africanos y los afrodescendientes
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Véase A/77/294.
23-26238