Intensificación de los esfuerzos para erradicar la fístula obstétrica A/RES/69/148 programáticos para hacer frente a las desigualdades y llegar a las mujeres y las niñas pobres y vulnerables; f) Establecer o fortalecer, según proceda, un equipo de tareas nacional para la fístula obstétrica, dirigido por el Ministerio de Salud, a fin de aumentar la coordinación nacional y mejorar la colaboración con los asociados para erradicar la fístula obstétrica; g) Fortalecer la capacidad de los sistemas de salud, en particular los sistemas de salud pública, con objeto de que presten los servicios esenciales necesarios para prevenir la fístula obstétrica y tratar los casos existentes incrementando los presupuestos nacionales destinados a la salud, asegurando la asignación de fondos suficientes a la salud reproductiva, incluida la fístula obstétrica, garantizando el acceso al tratamiento de la fístula mediante una mayor disponibilidad de cirujanos capacitados, expertos en la materia, así como de servicios holísticos y permanentes de tratamiento de la fístula integrados en hospitales estratégicamente seleccionados, solucionando así las extensas esperas de mujeres y niñas para la reparación quirúrgica de la fístula, y alentando la comunicación entre los centros de tratamiento de la fístula a fin de facilitar la capacitación, la investigación, la promoción y la recaudación de fondos y la aplicación de las normas médicas pertinentes, lo que incluye considerar la posibilidad de utilizar el manual de la Organización Mundial de la Salud sobre los principios rectores de la gestión clínica y el desarrollo de programas relativos a la fístula obstétrica, que proporciona información básica y principios para desarrollar programas de prevención y tratamiento de la fístula, según proceda; h) Movilizar fondos para ofrecer servicios de atención de la salud materna y reparación y tratamiento de la fístula obstétrica gratuitos o suficientemente subvencionados, en particular alentando el establecimiento de contactos entre los proveedores y el intercambio de nuevas técnicas y protocolos de tratamiento para proteger el bienestar y la supervivencia de las mujeres y los niños y prevenir la recurrencia de las fístulas, haciendo del rastreo y seguimiento posterior a la cirugía de las pacientes de fístula una rutina y un componente clave de todos los programas de tratamiento de la fístula, así como para asegurar que las supervivientes de fístula que vuelvan a quedar embarazadas tengan acceso a la opción de una cesárea para evitar la recurrencia de la fístula y aumentar las posibilidades de supervivencia de la madre y el niño en todos los embarazos subsiguientes; i) Asegurar la prestación a todas las mujeres y las niñas que hayan recibido tratamiento para la fístula, incluidas las mujeres y las niñas olvidadas con fístulas incurables o inoperables, de servicios amplios de atención de la salud, servicios holísticos de integración social y un seguimiento riguroso, así como el acceso a esos servicios, que incluyan, durante el tiempo que sea necesario, asesoramiento, educación, planificación familiar y empoderamiento socioeconómico, por medios como el desarrollo de aptitudes y actividades generadoras de ingresos para que puedan superar el abandono y la exclusión social, y, para contribuir al logro de este objetivo, establecer alianzas con las organizaciones de la sociedad civil y los programas para el empoderamiento de las mujeres y las niñas; j) Empoderar a las supervivientes de fístula para que contribuyan a la sensibilización y movilización de la comunidad como promotoras de la erradicación de la fístula, la maternidad sin riesgo y la supervivencia del recién nacido; k) Educar a las mujeres y los hombres, las niñas y los niños, las comunidades, los responsables de formular políticas y los profesionales de la salud acerca de la manera de prevenir y tratar la fístula obstétrica y crear mayor 7/9

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