Intensificación de los esfuerzos para erradicar la fístula obstétrica
A/RES/69/148
programáticos para hacer frente a las desigualdades y llegar a las mujeres y las niñas
pobres y vulnerables;
f)
Establecer o fortalecer, según proceda, un equipo de tareas nacional para
la fístula obstétrica, dirigido por el Ministerio de Salud, a fin de aumentar la
coordinación nacional y mejorar la colaboración con los asociados para erradicar la
fístula obstétrica;
g)
Fortalecer la capacidad de los sistemas de salud, en particular los
sistemas de salud pública, con objeto de que presten los servicios esenciales
necesarios para prevenir la fístula obstétrica y tratar los casos existentes
incrementando los presupuestos nacionales destinados a la salud, asegurando la
asignación de fondos suficientes a la salud reproductiva, incluida la fístula
obstétrica, garantizando el acceso al tratamiento de la fístula mediante una mayor
disponibilidad de cirujanos capacitados, expertos en la materia, así como de
servicios holísticos y permanentes de tratamiento de la fístula integrados en
hospitales estratégicamente seleccionados, solucionando así las extensas esperas de
mujeres y niñas para la reparación quirúrgica de la fístula, y alentando la
comunicación entre los centros de tratamiento de la fístula a fin de facilitar
la capacitación, la investigación, la promoción y la recaudación de fondos y la
aplicación de las normas médicas pertinentes, lo que incluye considerar la
posibilidad de utilizar el manual de la Organización Mundial de la Salud sobre los
principios rectores de la gestión clínica y el desarrollo de programas relativos a la
fístula obstétrica, que proporciona información básica y principios para desarrollar
programas de prevención y tratamiento de la fístula, según proceda;
h)
Movilizar fondos para ofrecer servicios de atención de la salud materna y
reparación y tratamiento de la fístula obstétrica gratuitos o suficientemente
subvencionados, en particular alentando el establecimiento de contactos entre los
proveedores y el intercambio de nuevas técnicas y protocolos de tratamiento para
proteger el bienestar y la supervivencia de las mujeres y los niños y prevenir la
recurrencia de las fístulas, haciendo del rastreo y seguimiento posterior a la cirugía
de las pacientes de fístula una rutina y un componente clave de todos los programas
de tratamiento de la fístula, así como para asegurar que las supervivientes de fístula
que vuelvan a quedar embarazadas tengan acceso a la opción de una cesárea para
evitar la recurrencia de la fístula y aumentar las posibilidades de supervivencia de la
madre y el niño en todos los embarazos subsiguientes;
i)
Asegurar la prestación a todas las mujeres y las niñas que hayan recibido
tratamiento para la fístula, incluidas las mujeres y las niñas olvidadas con fístulas
incurables o inoperables, de servicios amplios de atención de la salud, servicios
holísticos de integración social y un seguimiento riguroso, así como el acceso a esos
servicios, que incluyan, durante el tiempo que sea necesario, asesoramiento,
educación, planificación familiar y empoderamiento socioeconómico, por medios
como el desarrollo de aptitudes y actividades generadoras de ingresos para que
puedan superar el abandono y la exclusión social, y, para contribuir al logro de este
objetivo, establecer alianzas con las organizaciones de la sociedad civil y los
programas para el empoderamiento de las mujeres y las niñas;
j)
Empoderar a las supervivientes de fístula para que contribuyan a la
sensibilización y movilización de la comunidad como promotoras de la erradicación
de la fístula, la maternidad sin riesgo y la supervivencia del recién nacido;
k)
Educar a las mujeres y los hombres, las niñas y los niños, las
comunidades, los responsables de formular políticas y los profesionales de la salud
acerca de la manera de prevenir y tratar la fístula obstétrica y crear mayor
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