A/RES/56/186 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 31 de enero de 2002 Quincuagésimo sexto período de sesiones Tema 96 a) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/56/559)] 56/186. Prevención de las prácticas corruptas y la transferencia de fondos de origen ilícito y lucha contra ellas y repatriación de esos fondos a sus países de origen La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 54/205, de 22 de diciembre de 1999, sobre la prevención de las prácticas corruptas y la transferencia ilícita de fondos, 55/61, de 4 de diciembre de 2000, sobre un instrumento jurídico internacional eficaz contra la corrupción y 55/188, de 20 de diciembre de 2000, sobre la prevención de las prácticas corruptas y la transferencia ilícita de fondos y la lucha contra ellas y repatriación de esos fondos a sus países de origen, así como el informe de la Reunión del Grupo Intergubernamental de Expertos de composición abierta encargado de preparar un proyecto de mandato para la negociación del instrumento jurídico internacional contra la corrupción 1 que el Consejo Económico y Social ha de examinar en su próximo período de sesiones, Preocupada por la gravedad de los problemas que entrañan las prácticas corruptas y la transferencia de fondos de origen ilícito, que pueden poner en peligro la estabilidad y seguridad de las sociedades, socavar los valores de democracia y moralidad y poner en peligro el desarrollo social, económico y político, Reconociendo la necesidad de crear un entorno propicio para los negocios en los planos nacional e internacional a fin de promover el crecimiento económico y el desarrollo sostenible, teniendo en cuenta las prioridades de los gobiernos en materia de desarrollo, Reconociendo también la obligación de los gobiernos de adoptar normas en los planos nacional e internacional para prevenir y combatir las prácticas corruptas y la transferencia de fondos de origen ilícito y para repatriar esos fondos a sus países de origen, Consciente de la función catalizadora que desempeña el sistema de las Naciones Unidas para facilitar la participación constructiva y la interacción ordenada del sector privado en el proceso de desarrollo al propiciar normas y _______________ 1 01 49204 Véase A/56/402-E/2001/105.

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